Programa Salud para Todos: Denominación
adoptada en el artículo 63 del Decreto del Presupuesto de Egresos
de la Federación 2001 para identificar un programa de subsidio
federal para brindar protección financiera en salud a la población
no asegurada.
Seguro Popular de Salud:
Esquema de aseguramiento público y voluntario que brinda protección
financiera en materia de salud a las familias que por su condición
laboral y socioeconómica no son derechohabientes de las instituciones
de seguridad social.
Gasto de bolsillo: Pago directo
que se realiza en el momento de requerir atención médica
y que pone en riesgo de empobrecimiento a las familias de bajos ingresos.
Gasto catastrófico en salud:
Gasto que constituye más del 30 por ciento del ingreso anual
disponible (ingreso total menos el gasto en alimentación) del
hogar y que pone en riesgo de empobrecimiento a los hogares de menores
ingresos.
Pago anticipado en salud: Pago
por adelantado que se realiza para cubrir el costo de la atención
en salud en caso de requerirla con el fin de proteger el ingreso de
las familias y fomentar la atención oportuna
y preventiva.
Cuotas de afiliación: Monto
de recursos que aportarán las familias que se afilien al programa
del seguro popular de salud.
Cultura del aseguramiento: Conocimiento
de la población de que es mejor realizar pagos anticipados
que pagos directos de bolsillo para evitar el riesgo de incurrir en
gastos que pueden llegar a ser catastróficos.
Medicina preventiva: Intervenciones
que fomentan conductas que mantienen la salud de las personas y que
reducen el riesgo de padecer algún problema de salud.
Familia beneficiaria: Miembros
de la familia nuclear que por su condición socioeconómica
y laboral no sean derechohabientes de la seguridad social y elijan
afiliarse al Seguro Popular de Salud.
Seguridad social: Instituciones
públicas de salud y prestaciones sociales que cubren a los
trabajadores del sector formal de la economía.
Población no asegurada:
Personas que no son beneficiarias de alguna institución de
seguridad social.
Población objetivo: Grupo
de población que cumple con las condiciones necesarias para
ser beneficiaria de algún programa público.
Población beneficiaria: Grupo
de personas que recibe los beneficios que se incluyen en algún
programa público.
Promotor de salud: Personal encargado
de organizar y promover las actividades de registro y afiliación
del Programa del Seguro Popular a la población objetivo.
OPD: Organismo Público
Descentralizado. Figura en la que se incluyen todas las modalidades
de prestación de Servicios Estatales de Salud.
¿Cuánto
cuesta el Seguro Popular de Salud?
El costo será cubierto mediante un subsidio federal proveniente
de recursos fiscales del Decreto del Presupuesto de Egresos de la
Federación y cuotas de los beneficiarios por concepto de afiliación.
La cuota de afiliación
es progresiva según el nivel de ingreso de cada familia.