NORMA Oficial Mexicana NOM-032-SSA2-2002, Para la vigilancia epidemiológica, prevención y control de enfermedades transmitidas por vector.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-032-SSA2-2002, PARA LA VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA, PREVENCION Y CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR VECTOR.
ROBERTO TAPIA CONYER, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracción XV, 13 apartado A), fracción I, 133 fracción I de la Ley General de Salud; 38 fracción II, 40 fracciones III y XI, 41, 43 y 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; y 7 fracciones V, XVI y XIX, y 37 fracciones I y VI del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, y
CONSIDERANDO
Que con fecha 21 de noviembre de 2000, en cumplimiento a lo previsto en el artículo 46 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, el anteproyecto de la presente Norma Oficial Mexicana.
Que con fecha 8 de enero de 2001, en cumplimiento del acuerdo del Comité y lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Norma, a efecto de que dentro de los siguientes sesenta días naturales posteriores a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades.
Que con fecha previa, fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las respuestas a los comentarios recibidos por el mencionado Comité, en los términos del artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, se expide la siguiente:
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-032-SSA2-2002, PARA LA VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA, PREVENCION Y CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMITIDAS POR VECTOR
PREFACIO
En la elaboración de esta Norma Oficial Mexicana participaron las unidades administrativas e instituciones siguientes:
SECRETARIA DE SALUD
Subsecretaría de Prevención y Protección de la Salud
Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica
Dirección General Adjunta de Epidemiología
Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos
Dirección General de Promoción de la Salud
Dirección General de Calidad y Educación en Salud
Dirección General de Comunicación Social
Dirección General de Información y Evaluación del Desempeño
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios
INSTITUTO NACIONAL DE SALUD PUBLICA
Centro de Investigaciones sobre Enfermedades Infecciosas
Centro de Investigación de Paludismo
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
Coordinación de Salud Comunitaria
Coordinación General del Programa IMSS-Solidaridad
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES PARA LOS TRABAJADORES DEL
ESTADO
Jefatura de Servicios de Salud, de Regulación de Normas de Vigilancia
Epidemiológica
y Medicina Preventiva
INSTITUTO DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL
Servicios de Salud Pública en el Distrito Federal
SERVICIOS DE SALUD EN LOS ESTADOS
SECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y
ALIMENTACION
Dirección General de Política Agrícola
Comisión México-Estados Unidos para la prevención de la Fiebre Aftosa y
otras enfermedades exóticas de los animales
Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria
SECRETARIA DE ECONOMIA
Dirección General de Normas
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
Instituto Nacional de Ecología
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
Dirección General de Sanidad Militar
SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL
SECRETARIA DE MARINA
Dirección General de Sanidad Naval
SECRETARIA DE TURISMO
Dirección General de Auxilio Turístico
PETROLEOS MEXICANOS
Subdirección de Servicios Médicos
ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD/OFICINA REGIONAL DE LA ORGANIZACION
MUNDIAL DE LA SALUD
Representación en México
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
Facultad de Medicina
Instituto de Investigaciones Biomédicas
INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL
Escuela Superior de Medicina
Escuela Nacional de Ciencias Biológicas
UNIVERSIDAD DE CHAPINGO
COLEGIO DE POSGRADUADOS
INDICE
0.
Introducción1. Objetivo
2. Campo de aplicación
3. Referencias
4. Definiciones, símbolos y abreviaturas
5. Codificación
6. Diagnóstico de las enfermedades
7. Sistemas especiales de vigilancia epidemiológica y evaluación
8. Medidas generales de prevención y control
9. Medidas específicas de prevención y control
10. Capacitación
11. Investigación
12. Información
13. Concordancia con normas internacionales y mexicanas
14. Bibliografía
15. Observancia de la Norma
16. Vigencia
0. Introducción
La importancia que para la Salud Pública representan las enfermedades transmitidas por vector, radica en cuanto a su magnitud y trascendencia, tomando en consideración la existencia de áreas que reúnen condiciones geográficas, epidemiológicas, demográficas y socioeconómicas, así como de marginación y pobreza de la población afectada, que favorecen su transmisión. Se estima que cerca de 60% del territorio nacional presenta estas condiciones, y que en esa área residen más de 50 millones de personas y se localiza la mayor parte de los centros agrícolas, ganaderos, industriales, pesqueros, petroleros y turísticos importantes.
En ese sentido, la norma comprende aspectos generales de la vigilancia, prevención, protección y control, aplicables a los seis padecimientos enunciados y aspectos específicos para cada uno de ellos.
Asimismo, se pretende que esta Norma coadyuve a integrar
funcionalmente al Sistema Nacional de Salud a las actividades que deben
efectuarse en el marco de la descentralización y del Programa Nacional de
Salud vigente.
Por otra parte, en virtud de la generación constante de nuevos métodos y técnicas, esta Norma reconoce la necesidad de efectuar investigación esencial, con particular atención en los factores de riesgo y las acciones operativas que, en su momento, deberán ser mejoradas e incorporadas, como procedimientos de vigilancia, prevención y control. Por lo anterior, se promoverá la conformación de grupos nacionales de expertos en insecticidas, parasitología, virología, participación comunitaria, entomología médica, médicos clínicos y epidemiólogos.
1. Objetivo
Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer las especificaciones, criterios y procedimientos para disminuir el riesgo de infección, enfermedad, complicaciones o muerte por enfermedades transmitidas por vector.
2. Campo de aplicación
Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional para el personal de los Servicios de Salud de los sectores público, social y privado que conforman el Sistema Nacional de Salud, que efectúen acciones de vigilancia, prevención y control de las enfermedades objeto de esta Norma.
3. Referencias
3.1 Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-1994, Para la vigilancia epidemiológica.
3.2 Norma Oficial Mexicana NOM-003-SSA2-1993, Para la disposición de sangre humana y sus componentes con fines terapéuticos.
3.4 Norma Oficial Mexicana NOM-045-SSA1-1993, Plaguicidas. Productos para uso agrícola, forestal, pecuario, jardinería, urbano e industrial. Etiquetado.
3.5 Norma Oficial Mexicana NOM-044-SSA1-1993, Envase y embalaje. Requisitos para contener plaguicidas.
4. Definiciones, símbolos y abreviaturas
4.1 Definiciones
Para efectos de esta Norma Oficial Mexicana, se entiende por:
4.1.1 Acaro, al artrópodo del orden Acari o Acarida, con cuerpo dividido en prosoma y un epistosoma unido al abdomen; con cuatro pares de patas y partes bucales transformadas en gnastosoma.
4.1.2 Acaricida, a cualquier sustancia química que se utilice para eliminar garrapatas y ácaros.
4.1.3 Aedes, al género de la clase Insecta; del orden Diptera de la familia Culicidae, subfamilia Culicinae, tribu Aedini constituida por 41 subgéneros y 1019 especies mundiales. Las especies A. aegypti y A. albopictus, son transmisores del flavivirus dengue. Este género puede transmitir también otros Arbovirus.
4.1.4 Agente infeccioso, al elemento patógeno biológico, que puede causar la enfermedad; los más importantes para la salud son: 1) virus, 2) rickettsias, 3) bacterias, 4) protozoarios, 5) hongos, y 6) helmintos.
4.1.5 Agua negra o servida, al agua que ha sido
utilizada por el ser humano para lavado o aseo y que además contiene diversos
tipos de desechos sólidos y líquidos, incluyendo las excretas del hombre y de
los animales.
4.1.6 Albañal, al conducto generalmente cerrado, cuya finalidad es desfogar las aguas negras o servidas.
4.1.7 Alcantarillado, al sistema de tubería, de diferentes tipos de material y diámetro, para captar y conducir hacia un destino final las aguas negras, pluviales o residuales.
4.1.8 Aljibe o cisterna, al depósito construido con diferentes materiales generalmente subterráneo para colectar, almacenar y distribuir el agua.
4.1.9 Ambiente, al medio circundante en que nacen, crecen, se reproducen y mueren los seres vivos y en el que se relacionan con todos los elementos físicos, químicos, biológicos y sociales que lo constituyen.
4.1.10 Anopheles, al género de la clase
Insecta, orden Diptera, de la familia Culicidae, subfamilia
anophelinae, constituida por tres géneros y aproximadamente diez
subgéneros y 532 especies en el mundo. Entre las especies más importantes en
México por ser vectores del paludismo, se encuentran
An. pseudopunctipennis, An. albimanus, An. vestitipennis, An.
cruzians y An. darlingi.
4.1.11 Apirexia, sin fiebre.
4.1.12 Asperjar, al rociar un líquido en gotas de tamaño de 100 a 400 micras.
4.1.13 Cacharro, al artículo diverso en desuso, que puede contener agua y convertirse en criadero de mosquitos vectores del dengue.
4.1.14 Carga de insecticida, a la cantidad de un preparado de insecticida, en polvo o líquido, necesaria para abastecer el depósito de una bomba aspersora.
4.1.15 Clorados, al insecticida, cuya estructura química contiene cloro. Debido a su poder residual y persistencia en el ambiente, se ha restringido el uso del DDT, exclusivamente para fines de salud pública.
4.1.16 Comunicación educativa, al proceso basado en el desarrollo de esquemas novedosos y creativos de comunicación social, que permite la producción y difusión de mensajes gráficos y audiovisuales de alto impacto, con el fin de reforzar los conocimientos en salud y promover conductas saludables en la población.
4.1.17 Control biológico, al procedimiento que se basa en modelos ecológicos depredador-presa para la regulación y control de las poblaciones vectoriales.
4.1.18 Control físico, al procedimiento aplicado para disminuir o evitar el riesgo del contacto vector-humano, efectuando modificaciones en el medio ambiente para eliminar, reducir o modificar el hábitat de los transmisores, en forma temporal o definitiva.
4.1.19 Control químico, al procedimiento aplicado contra los vectores, en sus estadios larvarios o inmaduros y de imagos o adultos, utilizando sustancias tóxicas con efecto insecticida.
4.1.20 Criadero, al lugar donde el vector hembra pone sus huevos desarrollándose posteriormente las fases de larvas, pupas y adulto.
4.1.21 Criaderos controlables, aquéllos en los que se puede realizar una acción física para evitar que se infesten o retengan agua. Representan a todos aquellos que la comunidad no identifica como desechables y susceptibles de eliminar en una descacharrización. Su clasificación debe motivar un esfuerzo educativo permanente, a fin de que la comunidad sea capacitada para controlarlos.
4.1.22 Criaderos controlados, aquellos en los que no se desarrollan larvas del vector.
4.1.23 Criaderos estacionales, aquellos que sólo en un periodo determinado del año contengan agua y puedan ser positivos a la presencia de larvas.
4.1.24 Criaderos permanentes, aquellos que se encuentren durante todo el año con agua y frecuentemente con larvas.
4.1.25 Chapear, a quitar la yerba.
4.1.26 Dengue, a una enfermedad trasmitida por mosquitos y producida por arbovirus de la familia Flaviviridae, que tiene cuatro serotipos. Su trascendencia radica en que produce brotes explosivos de formas clásicas, con brotes simultáneos de formas hemorrágicas o de choque grave en menor cantidad.
4.1.27 Descacharrizar, a recolectar y retirar cacharros de los predios.
4.1.28 Desinfestación, a la eliminación de seres pluricelulares parásitos a través de algún proceso físico o químico. Principalmente los artrópodos que se encuentran en el cuerpo de una persona, en la ropa, en el ambiente o en animales domésticos (chinche, piojo, pulga, mosco, garrapata, entre otros). Al referirnos a insectos podemos hablar de desinsectación.
4.1.29 Ecología, a la ciencia que estudia las
relaciones de los organismos o grupos de organismos con
su medio.
4.1.30 Ecosistema, a la unidad estructural, funcional y de organización, consistente en organismos (incluido el hombre) y las variables ambientales (bióticas y abióticas) en un área determinada, actuando recíprocamente intercambiando materiales.
4.1.31 Educación para la salud, al proceso de enseñanza-aprendizaje que permite, mediante el intercambio y análisis de la información, desarrollar habilidades y cambiar actitudes, con el propósito de inducir comportamientos para cuidar la salud individual, familiar y colectiva.
4.1.32 Enfermedad de Chagas o "tripanosomosis americana", a la enfermedad causada por el protozoario Trypanosoma cruzi, transmitido entre animales y humanos por triatóminos o chinches besuconas.
4.1.33 Enfermedades transmitidas por vector, a los padecimientos en cuya cadena de transmisión interviene un vector artrópodo, como elemento necesario para la transmisión del parásito, se incluyen: dengue, leishmaniosis, oncocercosis, paludismo, tripanosomosis y rickettsiosis.
4.1.34 Enfermo, a la persona que porta al agente causal de las enfermedades transmitidas por vector, a toda aquella que, con o sin presentar sintomatología, es detectada por el sistema de vigilancia epidemiológica, incluyendo los hallazgos de laboratorio.
4.1.35 Epidemiología, al estudio de la frecuencia y características de la distribución de enfermedades, así como de los factores que las determinan, condicionan o modifican siempre en relación con una población, en un área geográfica y en un periodo determinados. Proporciona información esencial, para la prevención y el control de enfermedades.
4.1.36 Equipo de aspersión, a los aparatos, generalmente bombas, diseñados para rociar los insecticidas al aire o sobre una superficie.
4.1.37 Flavivirus, al género del Arbovirus de la familia Flaviviridae, del cual se conocen cuatro serotipos causantes del dengue: Den-1, Den-2, Den-3 y Den-4.
4.1.38 Fomento de la salud, al proceso cuyo objetivo es lograr la autorresponsabilidad social para el cuidado de la salud.
4.1.39 Fumigación, a la desinfección que se realiza
mediante el uso de vapores o gases tóxicos, para
el control y eventual eliminación de especies nocivas para la salud o que
causan molestia sanitaria.
4.1.40 Garrapata, al nombre común asignado a un ácaro de las familias Ixodidae y Argacidae, generalmente son ectoparásitos hematófagos principalmente de mamíferos.
4.1.41 Hábitat, al área o espacio con todos sus componentes físicos, químicos, biológicos y sociales, en donde los seres vivos encuentran condiciones propicias para vivir y reproducirse.
4.1.42 Hospedero, a la persona o animal vivo que, en circunstancias naturales, permite la subsistencia o el alojamiento de un agente infeccioso.
4.1.43 Insecto, al artrópodo de la Superclase Hexápoda que como su nombre lo indica tiene tres pares de apéndices, su cuerpo está dividido en tres regiones bien diferenciales: cabeza, tórax y abdomen.
4.1.44 Insecticida, a las sustancias químicas o biológicas que eliminan a los vectores o evitan el contacto con el humano, están dirigidos a cualesquiera de sus estadios de desarrollo (huevo, larva, pupa o imago).
4.1.45 Imago, al sinónimo de adulto; insecto que presenta los órganos sexuales desarrollados.
4.1.46 Imagocida, al insecticida que mata imagos o adultos de insectos.
4.1.47 Larva, pupa y ninfa, a los estados juveniles o
inmaduros de un insecto con desarrollo
postembrionario de tipo holometábolo.
4.1.48 Larvicida, al insecticida que mata larvas de los insectos.
4.1.49 Leishmaniosis, a la enfermedad causada por un protozoario del género Leishmania, de las especies L. mexicana, L. brasiliensis y L. chagasi.
4.1.50 Lutzomyia, al género de la familia Psychodidae, entre las especies más importantes en México están: Lutzomyia olmeca, L. cruciata, L. longipalpis, L. shannoni y L. diabolica. La única especie en México confirmada como vector es L. olmeca.
4.1.51 Malla, pabellón, a la red protectora con determinado número de orificios por pulgada cuadrada.
4.1.52 Nebulización ULV, volumen ultrarreducido, al procedimiento para la aplicación espacial de los insecticidas, a dosis muy pequeñas en grado técnico, o soluciones concentradas menores de 500 ml/ha, en gotas fraccionadas cuyo diámetro óptimo debe fluctuar entre 15 y 50 micras. Es denominado también rociado especial en aerosol.
4.1.53 Nebulización térmica, al tratamiento de
un área con aerosoles calientes, tiene lugar por medio de generadores de
niebla que transforman una solución de baja concentración en una nube espesa
de humo
que lleva suspendidas las gotas del insecticida.
4.1.54 Onchocerca volvulus, a la especie de la clase Nemátoda, que es el agente causal de la oncocercosis.
4.1.55 Oncocercosis, es una enfermedad infecciosa, crónica, de carácter degenerativo, no mortal, causada por un helminto de la superfamilia Filarioidea, y la especie de filaria Onchocerca volvulus.
4.1.56 Organofosforado, al insecticida donde el fósforo forma parte esencial de su estructura química, clasificado en el grupo de mediana toxicidad. Se utiliza en Salud Pública por su característica de ser rápidamente biodegradado en el medio.
4.1.57 Ovipostura, a la acción y efecto de la hembra de los insectos transmisores, al depositar sus huevecillos en el criadero.
4.1.58 Paludismo, a la enfermedad transmitida por mosquitos, que puede manifestarse clínicamente o cursar con infecciones asintomáticas; clínicamente se caracteriza por episodios paroxísticos (fiebre, escalofríos y sudoración), cuando no es tratado oportuna y adecuadamente puede cursar con anemia, esplenomegalia y tener evolución crónica.
4.1.59 Parásito, al organismo vivo que crece y se desarrolla, dentro o sobre el hospedero, a sus expensas, causándole daño.
4.1.60 Participación social, al proceso que permite involucrar a la población, autoridades locales, instituciones públicas y a los sectores social y privado en la planeación, programación, ejecución y evaluación de los programas y acciones de salud, con el propósito de lograr un mayor impacto y fortalecer un mejor Sistema Nacional de Salud.
4.1.61 Pediculicida, a las sustancias que se utilizan para eliminar piojos en todos sus estadios.
4.1.62 Pediculosis, a la infestación de la cabeza, las partes vellosas del cuerpo y la ropa (especialmente a lo largo de las costuras interiores), por piojos adultos, larvas y liendres (huevos), que causan prurito intenso y excoriación del cuero cabelludo y del cuerpo por el rascado.
4.1.63 Pediculus humanus humanus, a la especie del piojo del cuerpo del ser humano transferido por contacto directo e indirecto a través de ropas.
4.1.64 Pediculus humanus capitis, a la especie del piojo de la cabeza del ser humano, que se transfiere por contacto directo, de persona a persona.
4.1.65 Phtirius pubis, a la especie del piojo del pubis (ladilla) del ser humano, que se transfiere por contacto sexual.
4.1.66 Piojo, al artrópodo del orden Anoplura; clase Insecta y del género Pediculus, que se alimentan con sangre del hombre y animales domésticos.
4.1.67 Piretroides, a los insecticidas clasificados en el grupo de baja toxicidad aguda, de origen sintético, desarrollados a partir de la investigación del piretro natural, irritantes ligeros.
4.1.68 Promoción de la salud, al proceso que permite fortalecer los conocimientos, aptitudes y actitudes de las personas para participar corresponsablemente en el cuidado de su salud y para optar por estilos de vida saludables facilitando el logro y la conservación de un adecuado estado de salud individual, familiar y colectivo mediante actividades de Participación Social, Comunicación Educativa y Educación para la Salud.
4.1.69 Prueba del torniquete, a la utilizada para evaluar la fragilidad capilar, consiste en la aplicación de presión con el manguito, hasta el nivel medio de la TA (Ejem: Si el paciente tiene la TA de 120/80 mm de Hg, aplicar 100 mm de Hg de presión, durante 5 minutos), siendo positiva 20 petequias o más por 2.5 centímetros cuadrados, debajo del área que cubre el brazalete.
4.1.70 Pulga, al insecto del orden Siphonaptera (parásitos chupadores, hematófagos), ectoparásitos obligados de mamíferos y aves; presentan el cuerpo comprimido lateralmente. Al parasitar a ratas, puede transmitir enfermedades como la peste al hombre.
4.1.71 Reacción de Montenegro positiva, a la prueba cutánea de hipersensibilidad tardía usada como auxiliar del diagnóstico de leishmaniosis; su aplicación es similar a la prueba de PPD o reacción de Mantoux. Hecha de Leishmania sp., muertas por formol o por un extracto total de leishmanias crecidas en condiciones in vitro.
4.1.72 Recaída, a la reaparición del ciclo exo-eritrocítico como efecto de los hipnozoítos del P. vivax, con o sin sintomatología, que obedecen a una infección primaria anterior.
4.1.73 Recipientes desechables, aquellos susceptibles de eliminarse mediante una acción de limpieza o descacharrización. La comunidad debe identificarlos como eliminables.
4.1.74 Rickettsia, al parásito intracelular obligado, gram negativo, pequeño, en forma de cocobacilo, que se multiplica por división binaria y es causante de diversas enfermedades conocidas como Rickettsiosis.
4.1.75 Rickettsiosis, las más importantes son el tifus epidémico o exantemático y tienen por vector al piojo (Pediculus humanus humanus o corporis); el tifus murino o endémico, transmitido por pulgas (Xenopsylla cheopis); y la fiebre maculosa o manchada cuyos vectores principales son las garrapatas (Rhipicephalus sanguineus, Amblyomma cajennense y Dermacentor variabilis).
4.1.76 Recrudescencia, a la aparición del ciclo eritrocítico de Plasmodium falciparum y P. Malarie en pacientes con densidades parasitarias muy bajas, no detectables por los procedimientos comunes, pero que existen en la sangre del individuo.
4.1.77 Rociado domiciliario, a la aplicación de un insecticida de efecto residual variable, en las superficies de las viviendas y de sus anexos.
4.1.78 Rodenticida, a la sustancia química, que se
utiliza para eliminar a los roedores, generalmente
por ingestión.
4.1.79 Simulium, al género de la familia Simulidae, del orden Díptera, de la clase Insecta, cuyas hembras infectadas con las microfilarias de O. volvulus, transmiten la oncocercosis de una persona a otra.
4.1.80 Tamizaje, al examen o prueba inicial, para diagnóstico presuntivo de alguna patología.
4.1.81 Tipología de criaderos, a la clasificación de criaderos según su descripción específica como tambos, llantas, cubetas, recipientes pequeños o grandes, floreros; facilita el diseño operativo del trabajo y su evaluación. Es de utilidad en los esfuerzos para integrar a la población en programas de Promoción de la Salud y Participación Comunitaria, con lo cual se podrán establecer criterios más adecuados para diseñar, ejecutar y evaluar las actividades.
4.1.82 Tratamiento profiláctico, al suministro de medicamentos, a grupos de población o individuos en riesgo de contraer una enfermedad, por residir en o trasladarse hacia áreas endémicas. Para fines de esta Norma, se considera tratamiento profiláctico antipalúdico y contra la oncocercosis. Estos tratamientos tienen la finalidad de evitar las infecciones o disminuir las manifestaciones clínicas de la enfermedad, si se adquiere y, además, eliminar la fuente de infección.
4.1.83 Triatóminos, al insecto del orden Hemíptera, de la familia Reduviidae, subfamilia Triatominae, cuyas especies de los géneros Rhodnius, Panstrongylus y Triatoma que tienen especies hematófagas y al estar infectadas y picar al hombre, depositan sus deyecciones sobre la piel, para transmitir al Trypanosoma cruzi, causante de la Tripanosomosis Americana o Enfermedad de Chagas.
4.1.84 Transmisores de la enfermedad de Chagas,
a las especies de chinches de mayor importancia epidemiológica: Triatoma
dimidiata, T. barberi, Rhodnius prolixus, Dipetalogaster maxima y
el complejo
T. phyllosoma, aunque todas las chinches hematófagas pueden transmitir
el T. cruzi
4.1.85 Transmisores de la oncocercosis, a los dípteros del Género Simulium; en México se reconoce como vector principal a S. ochraceum y como vectores secundarios a S. callidum y S. metallicum.
4.1.86 Transmisores de las leishmaniosis, a las mosquitas hembra del género Lutzomyia que por su mordedura transmiten al hombre la enfermedad; en México, la única especie que ha sido confirmada como vector es L. olmeca y se incrimina a L. cruciata, L. diabólica y L. longipalpis.
4.1.87 Tratamiento de cura radical, aquel cuyo objetivo es eliminar todos los parásitos hepáticos y eritrocíticos del enfermo.
4.1.88 Vector, al transportador viviente y transmisor biológico del agente causal de enfermedad. Para efectos de esta NOM, se refiere al artrópodo que transmite el agente causal de una enfermedad, por picadura, mordedura, o por sus desechos.
4.1.89 Vectores del paludismo, en el país son dos las especies más importantes An. pseudopunctipennis y An. albimanus.
4.1.90 Xenodiagnóstico, al estudio de laboratorio que se realiza para demostrar la presencia del agente etiológico a través de la alimentación del insecto vector no infectado con sangre del individuo sospechoso y posterior análisis de los fluidos del insecto que pudiera contener al parásito.
4.2. Abreviaturas
ºC: grados Celsius
CICOPLAFEST: Comisión Intersecretarial para el Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas
cm: centímetros
COMP.: comprimidos
CNVE: Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica
DDT: dicloro difenil tricloroetano
D.O.: Diario Oficial de la Federación
ELISA: inmunoensayo ligado a enzimas
g: gramos
g/ha: gramos por hectárea
ha: hectáreas
HAI: hemaglutinación indirecta
ICP: índice de casas positivas
IFI: inmunofluorescencia indirecta
IgG: inmunoglobulina clase G
IgM: inmunoglobulina clase M
InDRE: Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos
kg: kilogramos
LCD: leishmaniosis cutánea difusa
LCL: leishmaniosis cutánea localizada
LMC: leishmaniosis mucocutánea
LV: leishmaniosis visceral
m2: metros cuadrados
mg: miligramos
ml: mililitros
ml/ ha: mililitros por hectárea
mm3: milímetros cúbicos
mm de Hg: milímetros de mercurio
No.: número
NOM: Norma Oficial Mexicana
NT: nebulizaciones térmicas
OMS: Organización Mundial de la Salud
OPS: Organización Panamericana de la Salud
PCR: reacción en cadena de la polimerasa
RNA: ácido ribonucleico
RT-PCR: transcripción inversa - reacción en cadena de la polimerasa
SISPA: Sistema de Información en Salud para Población Abierta
TA: tensión arterial
TCR: tratamiento de cura radical para paludismo
TDU: tratamiento en dosis única para paludismo
ULV: volumen ultrabajo
VUR: volumen ultra reducido
5. Codificación
De acuerdo con la Décima Revisión de la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas Relacionados con la Salud (CIE-10), de la Organización Mundial de la Salud (OMS), las enfermedades transmitidas por vector se codifican de la manera indicada en la "Tabla 1".
LK19
Tabla 1
Clave de Codificación |
Padecimiento |
Dengue A90 A91 |
Fiebre del Dengue (Dengue Clásico) Fiebre del Dengue (Dengue Hemorrágico) |
Paludismo B50 B50.0 B50.8 B50.9 B51 B51.0 B51.8 B51.9 B52 B52.0 B52.8 B52.9 B53 B53.0 B53.1 B53.8 B54 |
Paludismo (Malaria) debido a Plasmodium falciparum Paludismo debido a Plasmodium falciparum con complicaciones cerebrales Otro paludismo grave y complicado, debido a Plasmodium falciparum Paludismo debido a Plasmodium falciparum, sin otras especificaciones Paludismo (Malaria) debido a Plasmodium vivax Paludismo debido a Plasmodium vivax, con ruptura esplénica Paludismo debido a Plasmodium vivax, con otras complicaciones Paludismo debido a Plasmodium vivax, sin complicaciones Paludismo (Malaria) debido a Plasmodium malariae Paludismo debido a Plasmodium malariae, con nefropatía Paludismo debido a Plasmodium malariae, con otras complicaciones Paludismo debido a Plasmodium malariae, con o sin complicaciones Otro paludismo (Malaria) confirmado parasitológicamente. Paludismo debido a Plasmodium ovale Paludismo debido a plasmodia (os) de los simios Otro paludismo, confirmado parasitológicamente, no clasificado en otra parte Paludismo (Malaria) no especificado |
Leishmaniosis B55 B55.0 B55.1 B55.2 B55.9 |
Leishmaniosis Leishmaniosis visceral Kala-azar Leishmaniosis dérmica post Kala-azar Leishmaniosis cutánea Leishmaniosis mucocutánea Leishmaniosis no especificada |
Oncocercosis B73 |
Oncocercosis Ceguera de los ríos Infección debida a Onchocerca volvulus Oncocerciasis |
Enfermedad de Chagas B57 B57.0 B57.1 B57.2 B57.3 B57.4 B57.5 |
Enfermedad de Chagas, aguda, que afecta al corazón Enfermedad de Chagas, aguda, que no afecta al corazón Enfermedad de Chagas (crónica), que afecta al corazón Enfermedad de Chagas (crónica), que afecta al sistema digestivo Enfermedad de Chagas (crónica), que afecta al sistema nervioso Enfermedad de Chagas (crónica), que afecta a otros órganos |
Rickettsiosis A75
A75.0 A75.1 A75.2 A75.3
A75.9 A77 A77.0
A77.1 A77.2 A77.3 A77.8 A77.9 |
Tifus Excluye: Rickettsiosis debida a Ehrlichia sennetzu o szovetsu (A79.8) Tifus Epidémico, debido a Rickettsia prowazekii, transmitido por piojo Tifus clásico (fiebre) Tifus epidémico (transmitido por piojo) Tifus recrudescente (enfermedad de Brill-Zinsser) Tifus debido a Rickettsia typhi Tifus murino (transmitido por pulgas) Tifus debido a Rickettsia tsutsugamushi Tifus (transmitido por ácaros) de las malezas Fiebre de Tsutsugamushi Tifus no especificado Tifus SAI Fiebre maculosa (Rickettsiosis transmitida por garrapatas) Fiebre maculosa debida a Rickettsia rickettsii Fiebre maculosa de las Montañas Rocosas Fiebre de San Paolo Fiebre maculosa debida a Rickettsia coronni Fiebre maculosa debida a Rickettsia siberica Fiebre maculosa debida a Rickettsia australis Otras fiebres maculosas Fiebre maculosa no especificada Tifus transmitido por garrapatas SAI |
6. Diagnóstico de las enfermedades
6.1 Diagnóstico del Paludismo. A toda persona sospechosa de paludismo con cuadro febril, escalofríos y sudoración, residir o provenir de áreas endémicas se le deberá realizar examen microscópico de gota gruesa de sangre y a los contactos de los casos.
La toma deberá hacerse antes de iniciar la administración de cualquier medicamento antipalúdico. La lectura de la muestra y su resultado estarán bajo la responsabilidad de los Laboratorios Estatales de Salud Pública, otros oficiales (IMSS, ISSSTE, SSA) y privados debidamente autorizados por la Secretaría de Salud. En el caso de localidades que no cuentan con este servicio, la toma y remisión de la muestra al laboratorio más cercano, estará bajo la responsabilidad de personal capacitado de la red de notificación, sea voluntaria o institucional, que asegure la obtención de un diagnóstico veraz y oportuno. Los laboratorios que realicen este diagnóstico, en caso de urgencia estarán disponibles las 24 horas durante todo el año.
6.2 Diagnóstico del Dengue. A toda persona con manifestaciones clínicas de la enfermedad; antecedentes de residencia o procedencia de áreas endémicas con transmisión de la enfermedad o con infestación del mosquito Aedes aegypti o Aedes albopictus y pruebas serológicas positivas, o taxonomía de serotipo del virus de dengue:
6.2.1 Se deberá de extraer de 5 a 7 ml de sangre de la arteria cubital o radial en la cara anterior del antebrazo, ésta se centrifugará para separar el suero, el cual se enviará al Laboratorio Estatal de Salud Pública. Las técnicas empleadas son: ELISA, para la determinación de anticuerpos IgM e IgG antidengue; Aislamiento Viral y Técnica PCR para la taxonomía de los tipos de virus del dengue.
6.2.2 Pruebas rápidas de inmunodiagnóstico: Prueba de campo que identifica anticuerpos IgM e IgG. Debe utilizarse para estudios epidemiológicos o en casos graves, en las clínicas de febriles de unidades médicas centinelas y en localidades sin infraestructura de laboratorio.
Tabla 2
Procedimientos para la confirmación etiológica de laboratorio de casos
probables
de dengue clásico y dengue hemorrágico
Método |
Detección de anticuerpos IgM por ELISA |
Cultivo de virus |
Identificación de RNA viral por transcripción inversa -
reacción en cadena de la polimerasa |
Detección de anticuerpos IgG por ELISA o por inhibición de la hemaglutinación |
Tipo de muestras |
Suero obtenido a partir del 8o. día de iniciada la fiebre y hasta 30 días después. |
Suero obtenido de 0 a 5 días de iniciada la fiebre (preferentemente en los primeros tres días). |
Suero colectado entre el 1o. y 10o. día de iniciada la fiebre. Sangre heparinizada conservada en refrigeración y enviada inmediatamente al laboratorio. Porción de tejido (hígado, o bazo o cerebro) en solución estéril sin fenol. |
Sueros pares colectados en fase aguda y en convalecencia (dos semanas de diferencia entre ambos). |
Condiciones de envío |
En refrigeración. Sin hemólisis, ni contaminación. Arribo al laboratorio en término máximo de una semana. |
En refrigeración. Sin hemólisis, ni contaminación. Arribo al laboratorio en término máximo de una semana. |
En refrigeración. Suero sin hemólisis, ni contaminación. Sangre no hemolizada. Tejidos en recipientes con solución estéril. Arribo en el laboratorio en término máximo de tres días. |
En refrigeración. Sin hemólisis, ni contaminación. Arribo al laboratorio en término máximo de una semana. |
Tiempo de procesamiento |
4 días |
15 días |
2 a 5 días |
7 días |
Interpretación de resultados |
Positivo: Corresponde a infección o reinfección por dengue virus. Los títulos IgM en reinfección son menos elevados. Negativo: No se demuestra infección reciente por dengue virus. |
Positivo: corresponde a infección reciente por dengue virus serotipo aislado. Negativo: No excluye la posibilidad de infección por dengue virus. |
Positivo: Indica la presencia de genes virales en la muestra y por lo tanto de infección reciente. Negativo: No excluye la posibilidad de infección por dengue virus. |
Positivo: Cuando hay seroconversión o el título de anticuerpos se incrementa cuatro o más veces entre ambas muestras. Negativo: Cuando no hay seroconversión o el título se mantiene similar en ambas muestras. |
Ante un resultado negativo en un caso sospechoso |
Enviar una segunda muestra 20 días después de la primera toma, para investigar anticuerpos IgG y aumento de anticuerpos IgM. |
Enviar segunda muestra de suero 20 días después de la primera toma, para la determinación de anticuerpos IgG. Determinar en la primera muestra. |
Enviar una segunda muestra de suero 20 días después de la primera toma, para la determinación de anticuerpos IgG. Determinar en la primera muestra. |
Investigar otros posibles diagnósticos. |
6.2.3 Diagnóstico diferencial. Abarca un espectro muy amplio de infecciones por virus, bacterias y protozoarios. Debe establecerse un diagnóstico diferencial con la leptospirosis y otras arbovirosis.
6.3 Diagnóstico de la Oncocercosis. El diagnóstico se basa en el cuadro clínico y antecedentes de residencia o procedencia de áreas con transmisión de la enfermedad y demostración de las microfilarias; por medio del examen microscópico del líquido sobrenadante de la incubación de biopsia de piel superficial; por identificación de filarias y microfilarias al extirpar nódulos o bien por observación de microfilarias en la córnea y cámara anterior del ojo.
6.3.1 Se realizará prueba de PCR e hibridación a partir de biopsias o nódulos.
6.4 Diagnóstico de las Leishmaniosis. El diagnóstico se
basa en el cuadro clínico y antecedentes de residencia o procedencia de áreas
endémicas con transmisión de la enfermedad y demostración del protozoario del
género Leishmania, por medio de estudio microscópico de frotis,
impronta de lesiones cutáneas, biopsias de tejidos, intradermorreacción o
reacción de Montenegro positiva, en casos de LCL
y LMC.
Serología. Positiva en casos de LV, LCD y LMC, por las técnicas de aglutinación, inmunofluorescencia, inmunoenzimática, cultivo e inoculación. En animales de laboratorio, para todas las formas clínicas, PCR e hibridación con sondas específicas para complejo y especies.
6.4.1 Control de calidad del diagnóstico parasitológico
y serológico estará a cargo del Instituto de Diagnóstico y Referencia
Epidemiológicos (InDRE), apoyado a nivel estatal por los Laboratorios
Estatales
de Salud Pública. El control de calidad se realizará con el total de las
muestras biológicas positivas y el
10% de las negativas.
6.5 Diagnóstico de la Enfermedad de Chagas o Tripanosomosis Americana. Se basa en cuadro clínico, asociado a las fases aguda y crónica del padecimiento; antecedentes de residencia en áreas endémicas de la enfermedad, transfusional, madre chagásica y/o transplante de órganos.
6.5.1 Se confirma el diagnóstico en fase aguda al demostrar la presencia del Trypanosoma cruzi o serología positiva en la sangre, por estudio directo o por la técnica de concentración de Strout, cultivo o xenodiagnóstico, serología positiva (HAI, IFI, ELISA y Aglutinación de Partículas).
6.5.2 Fase indeterminada. Serología positiva (HAI, IFI, ELISA y Aglutinación de Partículas) y xenodiagnóstico.
6.5.3 Fase crónica. El xenodiagnóstico y el cultivo en sangre en medios bifásicos pueden dar resultados positivos, y serología positiva (HAI, IFI, ELISA y Aglutinación de Partículas).
6.5.4 Confirmación del diagnóstico por laboratorio. Se establece por la demostración del parásito o bien por al menos dos pruebas serológicas diferentes positivas. Los servicios de salud instalados en áreas endémicas, donde la población está en riesgo de contraer la parasitosis, deben tener conocimiento, para establecer el diagnóstico clínico, parasitológico y serológico. Los criterios de laboratorio para la clasificación de casos clínicos se hará según se indica en la "Tabla 3".
Tabla 3
Criterios para la clasificación de casos de Tripanosomosis americana
Parásitos cualquier método |
Serología |
Sintomatología |
Criterio Diagnóstico de Caso |
+ |
+ |
+ |
Agudo |
+ |
- |
+ |
Agudo |
- |
+ |
+ |
Agudo |
+ |
+ |
- |
Indeterminado |
- |
+ |
- |
Indeterminado |
- |
+ |
+ |
Crónico |
- |
- |
+ |
No caso |
6.5.5 Control de calidad del diagnóstico parasitológico y serológico. Estará a cargo del Instituto de Diagnóstico y Referencia Epidemiológicos (InDRE), apoyado a nivel estatal por los Laboratorios Estatales de Salud Pública. El control de calidad se realizará con el total de las muestras biológicas positivas y el 10% de las negativas.
6.6 Diagnóstico de las Rickettsiosis. El diagnóstico del tifus epidémico, tifus murino y fiebre maculosa se basa en el cuadro clínico y antecedentes de residencia o procedencia de áreas endémicas con transmisión de la enfermedad.
6.6.1 Pruebas de laboratorio:
6.6.1.1 Aglutinación con Proteus OX-19 o Weil-Felix. Debe utilizarse de primera intención como prueba de tamizaje. La reacción de Weil-Felix se considera positiva a partir de títulos iguales o superiores a 1:320, en algunos casos, en donde el cuadro clínico sea característico y con antecedentes epidemiológicos se consideran como positivos los títulos a partir de 1:160.
6.6.1.2 Detección de anticuerpos IgM o IgG. Por microaglutinación, fijación de complemento, o inmunofluorescencia indirecta.
6.6.1.3 Anticuerpos inmunofluorescentes. No diferencia entre el tifus epidémico y el murino, salvo que se practique absorción diferencial con el respectivo antígeno de Rickettsia antes de hacer la prueba o se tipifique con un equipo específico.
6.6.2 Confirmación del diagnóstico por laboratorio. La confirmación de casos se deberá hacer por:
6.6.2.1 Identificación de las bacterias en frotis de sangre teñidos con alguna de las siguientes técnicas: Giemsa, Macchiavello, Ruiz Castañeda o Giménez.
6.6.2.2 Serología. Para IgG, tomando dos muestras pareadas, una en la etapa aguda, y otra con dos semanas de diferencia respecto a la primera. Un incremento de cuatro veces o más en los títulos obtenidos, confirma el diagnóstico. Las pruebas de anticuerpos IgM, se tornan positivas al sexto día después de iniciado el cuadro. En la enfermedad de Brill-Zinsser, el anticuerpo inicial es la IgG, a títulos altos > 1:512.
6.6.2.3 Aislamiento de rickettsias por cultivo. Se realiza de muestras provenientes de reservorios humanos y vectores. Esta técnica sólo se puede efectuar en laboratorios especializados y de alta seguridad.
7. Sistemas especiales de vigilancia epidemiológica y evaluación
7.1 Los procedimientos de vigilancia epidemiológica rutinaria y especiales se deben realizar conforme a lo establecido en la NOM-017-SSA2-1994, para la Vigilancia Epidemiológica.
7.2 Estudios Entomológicos: Se deben realizar estudios entomológicos para conocer la biología y comportamiento de los vectores en áreas de transmisión o con riesgo y para mantener actualizado el inventario y distribución geográfica de las especies en nuevas áreas.
7.2.1 Evaluar la eficacia de los productos insecticidas empleados (dosis óptimas, residualidad), así como el rendimiento de los equipos con los que se aplican.
7.2.2 Identificación taxonómica de las especies.
7.2.3 Estimación de densidades o hacinamiento de población en sus estadios inmaduros y adultos, en las diferentes estaciones del año.
7.2.4 Reconocimiento geográfico para ubicar criaderos y refugios naturales, con levantamiento o actualización de croquis.
7.2.5 Horario de actividad hematófaga.
7.2.6 Hábitos de alimentación, reposo y vuelo.
7.2.7 Indice de picadura hora/hombre.
7.2.8 Disección de ovarios, para determinar edad fisiológica y riesgo de transmisión.
7.2.9 Valoración de susceptibilidad y resistencia a los insecticidas empleados.
7.2.10 Evaluación del impacto de las acciones de control de los vectores, incluidas la aplicación de insecticidas o medidas de control físico o biológico.
7.2.11 Determinación de la prevalencia de vectores infectados por microorganismos.
7.2.12 Reconocimiento de variaciones en las conductas previas o la introducción de nuevos vectores.
7.2.13 Indices de infestación por especie y por huésped.
7.2.14 Valoración de insecticidas y equipos de aspersión con base en el numeral 9.3.1
7.3 Control de calidad. En caso de la identificación taxonómica de las especies, se enviarán las muestras (ejemplares y ovitrampas) al Laboratorio de Entomología del InDRE cuando el Laboratorio Estatal de Salud Pública no cuente con este recurso de entomología; si se tiene, el Laboratorio Estatal de Salud Pública, deberán mandar para control de calidad al InDRE sólo el 10% de las positivas y el 5% de las negativas. Los ejemplares colectados para envío, se depositarán en frascos, y se preservarán en alcohol al 70%. El material debidamente etiquetado, se remite con formato único de envío de muestras entomológicas del InDRE y copia del formato de captura.
7.3.1 Estudios entomológicos en paludismo. En las áreas endémicas se deben incluir los siguientes:
7.3.2 Captura nocturna de anofelinos, intra y peridomiciliaria. Con cebo humano en periodos de entre 6 y 12 horas, según la actividad hematófaga y las preferencias de los vectores; y cuando sea posible incorporar el uso de trampas de luz negra UV .
7.3.3 Capturas nocturnas de anofelinos reposando fuera de las casas:
7.3.3.1 En la vegetación del peridomicilio, y
7.3.3.2 En albergues de animales.
7.3.4 Capturas diurnas de anofelinos en:
7.3.4.1 Casas rociadas,
7.3.4.2 Casas no rociadas, y
7.3.4.3 Refugios naturales.
7.3.5 Ensayos de evaluación de máquinas, equipos e insecticidas.
7.3.6 Pruebas biológicas de pared.
7.3.7 Medición de gotas de aerosol.
7.3.8 Pruebas de efectividad de penetración de la niebla.
7.3.9 Registro de actividades entomológicas. Debe incluir además de especificación de la localidad y fecha en que se realizan, así como datos de condiciones ambientales al momento de efectuar el estudio, que influyen directamente en la actividad de los anofelinos, además se debe concentrar la información por especie y los horarios escalonados de actividad hematófaga.
7.3.10 Validez de estudios entomológicos. Los ensayos descritos con fines de evaluación, realizados en una sola ocasión, no serán considerados como determinantes para la toma de decisiones, ya que se requiere de mediciones repetidas que muestren la consistencia de los resultados.
7.3.11 Indicadores entomológicos:
7.3.11.1 Promedio de picadura hombre hora:
Total de anofelinos capturados (por especie)
Total de horas empleadas en la captura
7.3.11.2 Promedio de anofelinos por casa positiva:
Total de anofelinos capturados Número de casas positivas
7.3.11.3 Porcentaje de refugios positivos:
Número de refugios positivos X 100
Número de refugios revisados
7.3.11.4 Promedio de larvas por caladas:
Total de larvas contabilizadas
Total de caladas efectuadas
7.3.11.5 Mortalidad en las pruebas de susceptibilidad:
Total de mosquitos muertos X 100
Total de mosquitos expuestos
7.3.11.6 Mortalidad corregida:
(% mortalidad mosquitos expuestos – (% mortalidad
mosquitos testigos) x 100
100 – (% de mortalidad de mosquitos testigos)
7.3.11.7 Porcentaje hembras multíparas:
Número de hembras de mosquito multíparas X 100
Número de hembras de mosquito disecadas
7.4 Estudios Entomológicos en Dengue, en las áreas endémicas se deben incluir los siguientes:
7.4.1 Estudio de huevecillos y larvas:
7.4.2 Muestreo de casas y encuesta, para inspeccionar recipientes con o sin agua y con o sin larvas.
7.4.3 Tipificación de recipientes positivos. Para sugerir acciones específicas.
7.4.4 Instalación de trampas de ovipostura. Para estimación indirecta de infestación de mosquitos hembras.
7.4.5 Indicadores entomológicos. En el caso de los vectores del dengue, el grado de infestación por Aedes aegypti o Aedes albopictus, se debe conocer mediante el estudio de formas larvarias en los criaderos o la captura de imagos, y se utilizan los siguientes indicadores:
7.4.5.1 Indice larvario de casas:
Casas con criaderos positivos X 100
casas exploradas
7.4.5.2 Indice larvario de recipientes:
recipientes positivos X 100
recipientes con agua explorados
7.4.5.3 Indice larvario de Breteau:
depósitos positivos X 100
casas exploradas
7.4.5.4 Indice de picadura:
mosquitos capturados
horas / hombre de exposición
Precauciones. En caso de haber confirmado la circulación de virus, deberá evitarse las capturas con cebo humano por lo que este índice no se obtendrá.
7.4.5.5 Indice de pupas:
depósitos positivos a pupas X 100
depósitos positivos
7.4.6 Criterios Operativos de Control Larvario. Esta Norma establece los Criterios Operativos de Control, con base en los índices larvarios medidos antes y después de realizar acciones de control, según se indica en la "Tabla 4".
Tabla 4
Criterios Operativos de Control
Nivel de Control Operativo |
Indice de Casas Positivas |
Indice de Recipientes Positivos |
Indice de Breteau |
Optimo |
< 1 |
< 0.5 |
1 - 4 |
Bueno |
1 - 4 |
0.5 - 1.9 |
5 - 9 |
Alarma |
5 - 9 |
2 - 4 |
10 - 14 |
Emergencia |
10 o más |
5 o más |
15 o más |
7.4.7 Evaluación de acciones antilarvarias. Estas acciones tienen como objetivo eliminar la infestación por larvas, por ello, se considerará que las acciones antilarvarias contra los aedes han sido exitosas, sólo cuando se logre obtener Niveles de Control Operativo entre Optimo y Bueno. La evaluación tendrá tres etapas:
7.4.7.1 Valoración. Conocer el Indice de Casas Positivas (ICP), en un lapso no mayor a una semana, previa a las intervenciones de control larvario.
7.4.7.2 Verificación. Determinar el ICP al día siguiente de la intervención antilarvaria, comparando los valores previos y posteriores del ICP y tipos de recipientes, y por ende, se estará realizando control de calidad de las acciones de control.
7.4.7.3 Adecuación de acciones. Si en la verificación, los ICP se encuentran en niveles de alarma o emergencia, se establecerán acciones de capacitación del personal de control antilarvario, inmediatas a la evaluación del impacto, para evitar dispendio de recursos y pérdidas de tiempo en acciones que no tengan el impacto esperado. Si después de la verificación entomológica persisten índices de Alarma o Emergencia, se deben repetir las acciones antilarvarias.
7.5 Estudios Entomológicos en Leishmaniosis.
7.5.1 Cuando se notifiquen casos de leishmaniosis en alguna localidad, se programarán encuestas entomológicas, éstas se efectuarán a lo largo de un año, con periodicidad mensual. En caso de no contar con personal suficiente, la periodicidad podrá ser trimestral, empleando, en ambos casos, los formatos especiales para ese fin.
7.5.2 En las localidades endémicas o de riesgo se deben incluir además del establecido en el numeral 7.4.2, los siguientes:
7.5.3 Indicadores entomológicos:
7.5.3.1 Indice de picadura hora/hombre
IIH = Número de Lutzomyias capturadas por hora
Horas / hombre de exposición
7.5.3.2 Indice de domiciliación:
IID = Lutzomias capturadas en el interior del
domicilio X 100
Número total de Lutzomyias capturadas
7.5.3.3. Indice de peridomicilio:
IPD = Lutzomias capturadas en el peridomicilio
X 100
Número total de Lutzomyias capturadas
7.6 Estudios Entomológicos en la Enfermedad de Chagas.
7.6.1 La unidad de entomología pedirá a los moradores de las viviendas de los casos, que capturen chinches vivas y las depositen en frascos o bolsas de polietileno, previa instrucción en cuanto a su clasificación (diferenciación de otros artrópodos comunes en la vivienda). Se recolectan periódicamente las muestras para su clasificación.
7.6.2 Se debe identificar los posibles refugios de chinches, intra y peridomiciliarios, con especial atención en los dormitorios; aplicar aerosol de insecticida piretroide en los posibles refugios para provocar la salida de las chinches y facilitar su captura. Se colectan especímenes en todos los estadios evolutivos que se encuentren.
7.6.3 Revisión de ejemplares capturados. Se determina taxonómicamente el material colectado, se realiza la búsqueda parasitológica de Trypanosoma cruzi de preparaciones en fresco y se lee con ayuda de un microscopio compuesto, con el objetivo de 40X. Las preparaciones positivas se procesan para su fijación y tinción con Giemsa.
7.6.3.1 Indicadores entomológicos:
7.6.3.2 Indice de Infestación:
Número de casas con triatóminos X 100
Número total de casas estudiadas
7.6.3.3 Indice de Densidad:
Número total de triatóminos capturados
Número total de casas
7.6.3.4 Indice de Hacinamiento:
Número total de triatóminos capturados
Número de casas con triatóminos
7.6.3.5. Indice de Dispersión:
Número de localidades con triatóminos X 100
Número total de localidades estudiadas
7.6.3.6. Indice de Colonización:
Número de casas con ninfas de triatóminos X 100
Número de casas positivas a triatóminos
7.6.3.7. Indice de Infección Natural:
Número de triatóminos con T. Cruzi X 100
Número de triatóminos estudiados
7.6.4 Las chinches se colectarán con pinzas de relojero o pinzas entomológicas flexibles, nunca se tomarán con las manos ni se aplastarán ya que el colector podría infectarse accidentalmente.
7.7 Estudios Entomológicos en Rickettsiosis
7.7.1 Anticuerpos inmunofluorescentes. Esta prueba detecta rickettsias en las garrapatas vectores y se practica en los especímenes colectados en domicilio de los enfermos o en áreas de riesgo.
7.7.2 Estudios entomológicos en tifus epidémico o exantemático. Para conocer si los habitantes de una localidad están parasitados por piojos (de la cabeza o del cuerpo), se hará una encuesta. Se considerará parasitada la familia, cuando en alguno de sus miembros se encuentra un piojo en cualquier etapa evolutiva. Se pueden obtener índices de infestación, por familias o por individuos estudiados, así como por especie, piojos de cabeza o cuerpo.
7.7.3 Estudios entomológicos en tifus murino o endémico. Se deberá buscar e identificar taxonómicamente las pulgas de los animales que conviven con el hombre, señalando sus índices de infestación por especies vectoras y por huéspedes, especialmente en perros, gatos y ratas. Para lo cual deberán capturarse vivos los reservorios, de lo contrario no se colectará ningún ectoparásito, ya que estos dejan al huésped cuando muere.
7.7.4 Estudios entomológicos en fiebre maculosa (manchada). Los estudios entomológicos se dirigen a capturar garrapatas en el ganado, roedores y animales silvestres como el venado. Las garrapatas deberán colectarse con su aparato bucal (gnatosoma) completo, de lo contrario no pueden determinarse taxonómicamente. Se deben señalar los índices de infestación por especie vectora y por huésped, además del sitio específico sobre el huésped.
7.7.5 Todo el personal que capture mamíferos debe estar previamente vacunado contra la rabia.
7.8 Estudios mastozoológicos. Serán realizados por mastozoólogos con el fin de identificar animales domésticos o silvestres, que sean reservorio de los agentes causales de enfermedades transmitidas por vector. Se deben identificar:
7.8.1 Especies.
7.8.2 Conocer su distribución geográfica.
7.8.3 Estimar densidades de población.
7.8.4 Describir y analizar conductas.
7.8.5 Vigilar refugios domésticos y peridomésticos.
7.8.6 Vigilar animales infectados o enfermos.
7.8.7 Caracterizar sus contactos con el hombre, longevidad y susceptibilidad a los gérmenes.
7.8.8 Proponer, diseñar y evaluar medidas de control de reservorios.
8. Medidas generales de prevención y control
8.1 Medidas Generales:
8.1.1 Se debe informar a la comunidad. Sobre la importancia de las enfermedades transmitidas por vectores, su mecanismo de transmisión y las formas de prevenirlas y controlarlas.
8.1.2 Se debe orientar y capacitar a la población, en acciones de autocuidado de la salud.
8.1.3 Se debe promover el mejoramiento de la vivienda y el saneamiento básico.
8.1.4 Se debe capacitar al personal de salud.
8.2 Acciones a realizar.
8.2.1 En la comunidad. Se debe incrementar los conocimientos de la población, motivar actitudes solidarias y de colaboración ciudadana, así como producir cambios de las conductas adversas a la salud individual o colectiva. Dentro de las acciones de mejoramiento de la vivienda está el resane de paredes, colocación de falsos plafones, mosquiteros en puertas y ventanas, eliminación de sitios de anidación y reproducción de insectos y reservorios, cuidados sobre el agua y basuras, higiene personal.
8.2.1.1 Informar a la comunidad sobre la importancia de las enfermedades transmitidas por vector como problema de salud pública, sobre todo del tipo de enfermedades y sus vectores que existen en el país y, principalmente, en la región en que residen o hacia aquellos lugares que frecuentan fuera de su localidad de residencia, por motivos de trabajo.
8.2.1.2 Brindar a la población los conocimientos básicos sobre los mecanismos de transmisión, del riesgo de adquirir alguna de estas enfermedades y de su repercusión social y económica, con el propósito de motivar la aceptación del Programa de Prevención y Control de Enfermedades Transmitidas por Vector, así como su participación en las actividades individuales, familiares y del nivel comunitario.
8.2.1.3 En virtud de que en las viviendas es en donde generalmente se presentan las condiciones que favorecen la transmisión de estas enfermedades, se deben promover y vigilar acciones concretas, sencillas y económicas para modificar aquellos aspectos que incrementan el contacto de los vectores y la población.
8.2.1.4 Los representantes de salud deben promover que la participación sea conducida por la comunidad y sus autoridades, apoyando en los diferentes aspectos que la favorecen, hasta lograr que éstas sean parte de la cultura para lograr el bienestar. La participación comunitaria se dirige a controlar los hábitats y evitar el contacto de la población con los riesgos que favorecen la presencia de estas enfermedades.
9. Medidas específicas de prevención y control
9.1 Tratamiento médico del paludismo. Se emplea la combinación de dos medicamentos, la cloroquina que elimina las formas sanguíneas del P. vivax y del P. falciparum, excepto los gametocitos de este último y la primaquina que elimina los hipnozoítos del P. vivax y los gametocitos del P. falciparum. Se ministrarán diferentes esquemas de acuerdo al objetivo que se persiga.
9.1.1 Recomendaciones Generales. La cloroquina y primaquina son medicamentos que en personas sensibles causan:
9.1.1.1 Irritación gástrica. Siempre deberán administrarse cuando la persona a tratar haya ingerido algún alimento y con abundantes líquidos. Si el paciente vomita 30 minutos después de recibirlo, debe recibir una segunda dosis completa. Si vomita entre 30 y 60 minutos después de una dosis, se le debe dar media dosis adicional. En lo sucesivo pueden fraccionarse las dosis diarias en varias tomas al día.
9.1.1.2 Primaquina. No debe ministrarse a menores de seis meses de edad, mujeres embarazadas y madres en periodo de lactancia por sus efectos adversos en hígado y la interacción con hemoglobinas fetales; en estos casos se emplea solamente cloroquina a dosis supresivas cada 21 días y una vez que las condiciones antes mencionadas desaparezcan, se ministrará tratamiento completo.
9.1.1.3 Control médico. Cualquier tratamiento antipalúdico y en particular para menores de seis meses de edad, mujeres embarazadas, madres en periodo de lactancia, enfermos hepáticos y otros padecimientos intercurrentes graves, queda siempre sujeta al criterio y vigilancia médica.
9.1.2 Tratamiento supresivo. Aquel que se administra sólo para eliminar el ciclo eritrocítico; utilizar la cloroquina como medicamento de elección en caso de infecciones de paludismo vivax, y cloroquina más primaquina en regiones con paludismo falciparum.
9.1.2.1 Indicación. A toda persona sospechosa de padecer paludismo se le ministra al momento de tomar la muestra hemática, una dosis única de cloroquina a dosis de 10 mg por kg de peso o según edad y en áreas especiales (de falciparum) se agrega primaquina a dosis de 0.25 mg por kg de peso (a los menores de 6 meses y embarazadas no se les ministra este último).
9.1.2.2 Tratamiento supresivo en áreas con P. vivax. Se ministra sólo cloroquina, indicado para áreas de baja transmisión o hipoendémicas, en las mesoendémicas e hiperendémicas el tratamiento de primera elección es la dosis única, posterior a la toma de muestra hemática.
Tabla 5
Tratamiento supresivo en áreas con transmisión de P. vivax.
GRUPO DE EDAD |
No. COMPRIMIDOS |
< 6 meses |
1/4 |
6 meses a 1 año |
1/2 |
2 a 5 años |
1 |
6 a 12 años |
2 |
13 años y más, con menos de 60 kg de peso |
3 |
13 años y más, |
4 |
9.1.2.3 Tratamiento supresivo en áreas P. falciparum. Al momento de tomar la muestra de sangre, administrar cloroquina y primaquina a las dosis mencionadas en el apartado 9.1.2.1 Indicación. La dosificación se refiere en la "Tabla 6".
Tabla 6
Tratamiento supresivo en áreas P. falciparum
GRUPO DE EDAD |
No. COMP. CLOROQUINA |
No. COMP. PRIMAQUINA |
No. COMP. PRIMAQUINA |
< 6 meses |
1/4 |
0 |
0 |
6 meses a 1 año |
1/2 |
1/2 |
0 |
2 a 5 años |
1 |
1 |
0 |
6 a 12 años |
2 |
2 |
0 |
13 años y más, |
3 |
0 |
1 |
13 años y más, |
4 |
0 |
1 |
9.1.3 Tratamiento de cura radical (TCR). La cura radical se logra aplicando diferentes esquemas terapéuticos y su efectividad varía de acuerdo a lo referido en la "Tabla 7".
Tabla 7
Tratamiento de cura radical
Esquema |
Objetivo/Indicación |
Eficacia estimada |
Dosis única (TDU) con cloroquina y primaquina) con periodicidad mensual |
Eliminar fuentes de infección para mosquitos. En distribución masiva o a los casos conocidos de los últimos tres años y sus convivientes, disminuye cargas parasitarias en la población. Util en caso de brotes o en áreas especiales de transmisión persistente y focalizada, actualmente en áreas de alta transmisión se indica como primera elección al momento de tomar la gota gruesa y sustituye al supresivo-presuntivo |
< 50% |
TCR a 5 días (cloroquina y primaquina) |
Tratamiento en casos detectados en áreas hipo, meso e hiperendémicas. Puede administrarse en forma masiva o a casos y convivientes pero no como medida única de control |
80% |
TCR a 14 días (cloroquina y primaquina) |
Tratamiento alternativo para los casos de áreas hipoendémicas y cuando los dos esquemas de TCR anteriores no han sido suficientes |
90% |
Dosis única (TDU con cloroquina y primaquina) 3x3x3 o seguimiento por 3 años que equivale a 18 dosis mensuales cada 8 a 21 días durante 8 tomas |
Su mayor utilidad es en casos repetidores. Elimina fuentes de infección para mosquitos |
95% |
Los cuatro esquemas empleados para cura radical mencionados en la "Tabla 7" son:
9.1.3.1 Tratamiento en dosis única (TDU). Se aplica para disminuir, rápida y drásticamente la densidad de parásitos circulantes en un área específica.
9.1.3.1.1 Indicaciones. En casos tratados de paludismo
por P. vivax, se indica el tratamiento de dosis única estrictamente
supervisado a todos los habitantes de viviendas con casos confirmados en los
dos años previos, con especial énfasis en los enfermos o al 100% de la
población cuando la localidad sea menor de 1000 habitantes. Se debe incluir a
toda persona que sin tener radicación fija en la localidad que se atiende,
se encuentre al momento de aplicar la medida, fundamentalmente cuando proceda
de otras áreas
con transmisión.
9.1.3.1.2 Esquema de tratamiento en dosis única. El que se indica en la "Tabla 8".
Tabla 8
Tratamiento en dosis única (TDU)
GRUPO DE EDAD |
No. COMP. CLOROQUINA 150 mg |
No. COMP. PRIMAQUINA 5 mg |
No. COMP. PRIMAQUINA 15 mg |
< 6 meses |
1/4 |
0 |
0 |
6 meses a 1 año |
1/2 |
1 |
0 |
2 a 5 años |
1 |
2 |
0 |
6 a 12 años |
2 |
4 |
0 |
13 años y más, |
3 |
0 |
2 |
13 años y más, |
4 |
0 |
3 |
9.1.3.1.3 Precauciones especiales. En el caso de localidades con población de raza negra se debe evaluar la posibilidad de que se presenten reacciones adversas por el uso de primaquina; en caso de presentarse éstas, se empleará solamente cloroquina a las dosis indicadas en la "Tabla 8".
9.1.3.2 Tratamiento de cura radical a cinco días, tal como se indica para la curación de casos individuales.
9.1.3.2.1 Indicaciones. Se administra en días consecutivos a los casos confirmados y a sus colaterales en áreas hiperendémicas e hipoendémicas como se indica en la "Tabla 9".
9.1.3.2.2 Esquema de cura radical a cinco días. El que se indica en la "Tabla 9".
Tabla 9
Tratamiento de cura radical a cinco días
|
Número de comprimidos de Cloroquina . 150 mg |
Número de comprimidos de Primaquina por 5 días |
||
Primer día |
2o. al 4o. día |
5 mg |
15 mg |
|
< 6 meses |
1/4 |
1/4 |
0 |
0 |
6 meses a 1 año |
1/2 |
1/2 |
1/2 |
0 |
2 a 5 años |
1 |
3/4 |
1 |
0 |
6 a 12 años |
2 |
1 |
2 |
0 |
13
años y más, y menos de 60 kg de peso |
3 |
1 1/2 |
0 |
1 |
13 años y más, con más de 60 kg de peso |
4 |
2 |
0 |
1 |
9.1.3.3 Tratamiento de cura radical a catorce días, tal como se indica para la curación de casos individuales.
9.1.3.3.1 Indicaciones. Se ministra en días consecutivos a los casos confirmados y sus colaterales en áreas con baja transmisión de la enfermedad. También se emplea en casos que después de ser tratados a cinco días, repitan cuadro clínico en áreas de mediana o alta transmisión, como se indica en la "Tabla 10".
9.1.3.3.2 Esquema de cura radical a catorce días como se indica en la "Tabla 10".
Tabla 10
Tratamiento de cura radical a catorce días
|
No. de comprimidos Cloroquina, 150 mg |
No. de comprimidos de Primaquina durante |
|||
Primer Día |
2o. al 4o. Día |
5 mg |
15 mg |
||
< 6 meses |
1/4 |
1/4 |
0 |
0 |
|
6 meses a 1 año |
1/2 |
1/2 |
1/2 |
0 |
|
2 a 5 años |
1 |
3/4 |
1 |
0 |
|
6 a 12 años |
2 |
1 |
2 |
0 |
|
13 años y más, con menos de 60 kg de peso |
3 |
1 1/2 |
0 |
1 |
|
13 años y más, con más de 60 kg de peso |
4 |
2 |
0 |
1 |
9.1.3.4 Tratamiento de dosis única con periodicidad mensual, por tres meses consecutivos, se descansa tres meses y se repite el mismo por tres meses consecutivos hasta completar 18 dosis en tres años consecutivos.
9.1.3.4.1 Indicaciones. En áreas con casos repetidores.
9.1.3.4.2 Esquema de tratamiento de dosis única en dieciocho
tomas. El mismo indicado en la "Tabla 8", administrado como se indica en el párrafo anterior, semanal o mensualmente en dosis continuas.9.1.4.1 Tratamiento de Infecciones Resistentes a la Cloroquina.
9.1.4.1.1 Indicaciones. Se deben administrar los esquemas, por vía oral en casos leves y por vía parenteral en casos graves.
9.1.4.1.2 Esquema de tratamiento para infecciones
resistentes a cloroquina por vía oral. Se ministra durante seis días; del 1o.
al 5o. días sulfato de quinina a dosis de 25 mg por kg de peso, dividido en
tres tomas, una cada 8 horas. El 6o. día, dosis total única de primaquina, a
0.75 mg por kg de peso (máximo
3 comprimidos).
9.1.4.1.3 Esquema de tratamiento para infecciones resistentes a cloroquina por vía parenteral. Para el tratamiento de infecciones palúdicas graves, se requiere de atención hospitalaria especializada urgente, que incluye: suministro de clorhidrato de quinina o gluconato de quinidina, en dosis inicial de 10mg por kg de peso, diluido en solución fisiológica, por vía intravenosa en un lapso de dos a cuatro horas. Se continua con dosis de mantenimiento de 5 mg por kg de peso del mismo medicamento y modo de aplicación durante un lapso de cuatro a ocho horas.
9.1.4.1.4 Precauciones especiales. La velocidad de goteo en la venoclisis, se disminuye cuando la concentración del medicamento en el plasma excede a los 6 mg por ml, si el intervalo QT del electrocardiograma es mayor de 0.6 segundos, o si el intervalo QRS aumenta a más del 25%. La hipoglicemia asociada con la infección por P. falciparum puede exacerbarse, debido a la hiperinsulinemia inducida por la quinina o quinidina y debe tratarse mediante la administración intravenosa de una solución de dextrosa. El tratamiento continuará hasta que la parasitemia se reduzca a menos del 1% y el paciente esté en condiciones de tolerar medicamentos por vía oral.
9.1.4.1.5 Evaluación de la respuesta del P. falciparum a la cloroquina. A partir de la confirmación de un caso y la administración de una dosis de cloroquina de 25 mg por kg de peso, distribuida en tres días, se inicia el seguimiento con muestras sanguíneas durante el primer día y durante los días 3 y 7; posteriormente, los días 14, 21 y 28. La prueba de eficacia terapéutica estará a cargo de personal capacitado, y el seguimiento incluye registro de información básica del paciente, evaluación clínica, temperatura axilar, parasitemia y peso corporal en el día cero (antes del tratamiento), seguido del tratamiento supervisado con el medicamento estipulado.
9.1.4.1.5.1 Criterios de inclusión para evaluación de
susceptibilidad de P. falciparum a cloroquina.
La clasificación de la resistencia de los parásitos a los medicamentos se hará
de acuerdo a los siguientes estudios de evaluación:
9.1.4.1.5.1.1 Una muestra estadísticamente correcta de los casos mayores de seis meses de edad.
9.1.4.1.5.1.2 Monoinfección positiva por P. falciparum con densidad de 500 a 5,000 parásitos por microlitro.
9.1.4.1.5.1.3 Antecedente de fiebre durante las últimas 72 horas.
9.1.4.1.5.1.4 Pacientes procedentes del extranjero con diagnóstico confirmado.
9.1.5 Tratamiento Profiláctico.
9.1.5.1 Indicaciones. A las personas residentes en áreas libres de paludismo que se trasladan a zonas endémicas, tanto dentro como fuera del territorio nacional, se les administrará el tratamiento profiláctico, el primer día de llegada a la zona endémica, durante su permanencia en estos sitios y después de haberlos abandonado.
9.1.5.2 Esquema de tratamiento profiláctico. Cloroquina de 150 mg a dosis de 10 mg por kilogramo de peso en dosis semanales desde dos semanas antes de viajar; el primer día de estancia en el lugar visitado y dos comprimidos cada semana mientras permanezca en él; posteriormente, dos comprimidos cada semana y hasta seis semanas después de haber abandonado el área endémica.
9.2 Tratamiento médico del Dengue. El manejo de las diferentes formas clínicas son críticas, especialmente en los casos graves.
9.2.1 Dengue Clásico.
9.2.1.1 Tratamiento sintomático. Debe utilizarse acetaminofén (no utilizar analgésicos ni antiinflamatorios no esteroides, como el ácido acetilsalicílico, naproxen o metamizol) y reposo en el hogar.
9.2.1.2 Aislamiento. Evitar el contacto del enfermo con el mosquito vector, utilizando insecticidas de aplicación casera, mosquiteros, repelentes y malla-pabellón.
9.2.1.3 Referencia. Ante la sospecha de dengue hemorrágico o choque, enviar de inmediato al paciente a una unidad de salud de segundo o tercer nivel, para su hospitalización y realizar comprobación serológica obligada.
9.2.2 Dengue Hemorrágico o Síndrome de Choque.
9.2.2.1 Todo paciente en el que se sospeche dengue clásico y tenga antecedentes de residir en áreas endémicas, debe ser considerado como caso potencial de dengue hemorrágico, por lo cual es muy importante que, tanto los médicos como los enfermos conozcan las conductas a seguir para evitar su agravamiento o la muerte. Debe tenerse en consideración que el manejo de los pacientes es clave para el pronóstico de la enfermedad.
9.2.2.2 Los pacientes con sintomatología de dengue hemorrágico deben ser clasificados por su gravedad; así se podrá considerar el tratamiento ambulatorio con rehidratación oral en todos los casos con Grado I y II, a los cuales habrá de informarles sobre la importancia que tiene la identificación de los signos de alarma, ante los cuales deben asistir de inmediato a un hospital para su atención. Los pacientes con signos de alarma o diagnóstico de dengue hemorrágico o síndrome de choque por dengue, compatible con los Grados III y IV, serán hospitalizados de inmediato para su observación y estudio, así como para aplicar los criterios terapéuticos adecuados.
9.2.2.3 En todos estos casos serán realizados diariamente estudios de laboratorio y gabinete para vigilar la hemoconcentración, la trombocitopenia y el derrame pleural o la ascitis así como tomar oportunamente las muestras de suero para el diagnóstico de dengue por laboratorio. Se debe tener presente que la ministración excesiva de líquidos conduce a más extravasación y de no moderarse, lleva a edema pulmonar agudo, insuficiencia cardiorrespiratoria y muerte. El tratamiento en la fase de choque tiene por objeto mantener la diuresis y no, intentar corregir la hipotensión; ésta se corregirá gradualmente pasando las 12 a 24 horas críticas con un buen tratamiento de sostén.
9.3 Tratamiento médico de la Oncocercosis. El medicamento para este padecimiento es la Ivermectina, el cual será administrado por personal de los servicios de salud o en su caso por promotores voluntarios capacitados. El enfermo será observado, cuando menos, durante los siguientes tres días después de ingerir el medicamento, para vigilar, registrar y tratar eventuales reacciones secundarias.
9.3.1 Indicaciones. Se ministrará a todo caso confirmado y a la población elegible de las áreas de riesgo y consiste en la combinación del microfilaricida Ivermectina y de la extirpación de nódulos oncocercosos.
9.3.2 Esquema de tratamiento con Ivermectina. Se ministra a casos confirmados y a la población elegible de las áreas de riesgo. Debe tratarse a los casos ya que son la única fuente de microfilarias para la infección de los simúlidos y a la población en riesgo para prevenir su infección y nuevos casos. Se administra Ivermectina a dosis de 150 microgramos por kg de peso, dosis única y por vía oral cada seis meses de acuerdo con la "Tabla 11".
Tabla 11
Esquemas de tratamiento con Ivermectina
Peso del Enfermo |
Tabletas de Ivermectina 3 mg |
Tabletas de Ivermectina 6 mg |
15 - 24 kg |
1 tableta |
1/2 tableta |
25 - 44 kg |
2 tabletas |
1 tableta |
45 - 64 kg |
3 tabletas |
11/2 tabletas |
65 y más kg |
4 tabletas |
2 tabletas |
9.3.2.1 Precauciones especiales. Quedan excluidos de tomar Ivermectina los niños menores de cinco años o con peso inferior a 15 kg, mujeres embarazadas, madres en periodo de lactancia amamantando a niños con menos de una semana de nacidos, epilépticos, y enfermos oncocercosos con otros padecimientos intercurrentes o marcado ataque al estado general. Las reacciones secundarias a la Ivermectina generalmente son ligeras y autolimitadas, disminuyen con los tratamientos subsecuentes y se manifiestan como prurito, edema, rash, artralgias, mialgias, cefalea, hiperemia conjuntival, hipertermia e hipotensión arterial de intensidad variable. El tratamiento de estas reacciones es a base de antihistamínicos, analgésicos y antitérmicos, o con dexametasona en casos severos, acompañado de reposo en los casos de hipotensión arterial.
9.3.3 Tratamiento quirúrgico. La eliminación de nódulos es primordial por ser los sitios de producción y liberación de microfilarias. Estas nodulaciones se detectan mediante exploración física, se extirpan quirúrgicamente con técnicas básicas en campo y en unidades de primer o segundo nivel. Es necesario enviar las muestras al laboratorio para identificar la presencia de microfilarias.
9.4 Tratamiento médico de las Leishmaniosis. Será administrado y vigilado por personal médico capacitado en el manejo del padecimiento.
9.4.1 Indicaciones. Se emplearán tres esquemas de tratamiento de primera elección, de acuerdo al tipo de leishmaniosis, número y morfología de las lesiones: la aplicación de antimoniales por vía intralesionales; aplicación de antimoniales por vía intramuscular; y aplicación de calor local controlado (termocirugía). Se observa una tasa de recaídas del 14% en series controladas empleando antimoniales. Los medicamentos de elección en casos refractarios al tratamiento inicial son: aplicación de antimoniales por vía intramuscular asociada a nifurtimox; aplicación de antimoniales por vía intralesional o intramuscular asociada a termocirugía y la pentamidina como sustituto de antimoniales.
9.4.2 Esquema de tratamiento para la Leishmaniosis visceral (Kala-azar). El paciente debe recibir, en atención hospitalaria tratamiento con antimoniato de meglumina por vía intramuscular, o estibogluconato de sodio en solución inyectable intramuscular o intravenosa, a dosis de 60 mg (equivale a 20 mg de antimonio) diarios por kg de peso, por un tiempo de 20 días consecutivos, sin exceder de tres gramos diarios. En caso necesario, se administra un segundo tratamiento, 15 días después, siguiendo el mismo esquema. Todo caso se tratará a nivel hospitalario y, la oportunidad con que se descubra, es decisiva para la curación.
9.4.2.1 Esquema de segunda elección para la Leishmaniosis visceral. Los casos que no mejoren con los antimoniales, recibirán Anfotericina B, diariamente o tres veces por semana, por infusión intravenosa en 5% de dextrosa, durante un periodo de cuatro horas, iniciándose con una dosis de 5-10 mg, la cual puede aumentarse gradualmente por 5-10 mg en cada administración, hasta llegar a una dosis de 0.5-1.0 mg/kg de peso sin sobrepasar un total de 1-3 g. La duración exacta dependerá de la respuesta de cada paciente. El tratamiento siempre debe ser administrado en un hospital, a fin de vigilar el funcionamiento renal y cardiaco debido a que en pacientes sensibles puede afectarse el funcionamiento renal y cardiaco. Otro medicamento de segunda elección es la Pentamidina la cual se administrará a la dosis de 4 mg/kg de peso, tres veces por semana, durante cinco a 25 semanas. Se considera tóxico y con efectos secundarios, por lo que también, el tratamiento debe ser administrado siempre en un hospital.
9.4.3 Leishmaniosis cutánea difusa.- Esta forma clínica, refractaria al tratamiento, mejora temporalmente con la administración de antimoniato de meglumina o estibogluconato de sodio, a dosis de 60 mg (equivale a 20 mg de antimonio) diarios por kg de peso, por un mínimo de 20 días consecutivos, sin exceder de tres gramos diarios, lo que equivale a 10 ml de antimoniato de meglumina y a 8.5 ml de estibogluconato de sodio. En caso necesario, ante la exacerbación del cuadro clínico, este esquema se repite de dos a tres veces en el curso de un año.
9.4.3.1 Esquema de segunda elección para la Leishmaniosis cutánea difusa. Si la aplicación de antimoniales no logra mejoría clínica, se agrega la administración oral de nifurtimox a dosis diarias de 10 mg por kg de peso corporal, repartido en tres tomas diarias, por un mínimo de cuatro semanas.
9.4.4 Leishmaniosis cutánea americana o localizada. Se administra el antimoniato de meglumina o estibogluconato de sodio como se describe en el apartado "9.4.3 Leishmaniosis cutánea difusa". En lesiones únicas, o múltiples de diámetro menor a 5 centímetros, los antimoniales se infiltran alrededor de la lesión. El esquema básico intralesional consiste en una aplicación semanal por un mínimo de cuatro semanas y no más de seis; si al término del tratamiento continúa el prurito e inflamación, esto pudiera corresponder a reacción local del medicamento por lo que se suspenderá el tratamiento dos semanas, se buscará la presencia de parásitos y de ser negativo, se dará por concluido el tratamiento. Un complemento de los medicamentos, es el calor local con vapor, termos o botellas tapadas que contengan agua caliente a 50-60ºC colocadas sobre las lesiones.
9.4.4.1 Tratamientos alternos. En leishmaniosis cutánea localizada además se usa el calor controlado empleando un equipo de termocirugía por 30 segundos sobre los bordes activos de las lesiones, logra en una sola aplicación tasas de curación del 95%. La resección quirúrgica de las lesiones no se recomienda, por atribuírsele problemas de autoinoculación o metástasis por vía linfática.
9.4.5 Leishmaniosis mucocutánea. En esta forma clínica, de difícil curación, también se administran antimoniales a las dosis citadas en el apartado "9.4.3 Leishmaniosis cutánea difusa", generalmente, los enfermos necesitan un segundo tratamiento. La Anfotericina B puede ser utilizada para los casos que no responda a los antimoniales y se administrará a la dosis mencionada en el apartado "9.4.2.1 Esquema de segunda elección para la Leishmaniosis visceral".
9.4.6 Precauciones generales. Los medicamentos a base de antimonio causan efectos adversos en pacientes previamente cardiópatas o con enfermedad renal por lo que se deberán monitorear estas funciones durante el tratamiento. Los antimoniales empleados por vía intramuscular, se deben ministrar en dosis parciales los primeros tres días hasta completar la dosis total según peso del paciente. En el caso de la infiltración perilesional de antimoniales, una aguja sólo penetrará el borde de la lesión una sola vez, de otra forma, se corre el riesgo de causar lesiones "satélite" de la lesión original por iatrogenia. Treinta días después de terminado cualquiera de los tratamientos, se valora la curación mediante estudios clínicos y de laboratorio; si persisten datos que sugieran alguna lesión activa o parasitoscopia positiva, es necesario reiniciar el tratamiento, de acuerdo con los esquemas antes referidos.
9.5 Tratamiento médico de la Enfermedad de Chagas. Tratamiento antiparasitario efectivo sólo mientras el parásito se encuentra circulante; una vez que ha causado lesiones en órganos blanco ya no es útil, por lo que el médico se limitará a la atención de las complicaciones.
9.5.1 Indicaciones. El objetivo debe ser ministrarlo en fase aguda ya que previene daños posteriores; no obstante, durante la fase indeterminada tiene capacidad de limitar los daños en pacientes menores de 18 años.
9.5.2 Esquema de tratamiento en fase aguda e indeterminada. En la fase aguda es muy útil el nifurtimox, un derivado del nitrofurfurilideno. En adultos se administra a dosis de 7 a 10 mg por kg de peso por día (máximo 700 mg al día). En los menores de 15 años, que toleran más el medicamento, la dosis es de 15 mg por kg de peso, repartidos en tres tomas diarias, durante sesenta días consecutivos. En los casos indeterminados menores de 18 años es útil el nifurtimox a las dosis citadas, para prevenir posibles complicaciones que se presentan en la fase crónica.
9.5.2.1 Tratamiento alterno. En casos graves también ha mostrado ser eficaz el benznidazol, un derivado del 2-nitroimidazol, a dosis de 5 mg por kg de peso al día en todas las edades, repartidas en dos tomas diarias durante treinta días ininterrumpidos. Debe existir vigilancia médica estrecha, en pacientes con antecedentes de daño hepático, renal, pulmonar y hematopatías.
9.5.2.2 Esquema de tratamiento en fase crónica. El tratamiento es sintomático y se dirige a limitar los daños.
9.5.2.3 Chagas congénito. La vigilancia de mujeres embarazadas con esta enfermedad será estricta, ya que un número importante de productos fallecen antes de nacer y, aquellos que sobreviven tienen una expectativa de vida menor a un año. Se ministrará al recién nacido el Benznidazol, a dosis diaria de 5 mg por kg de peso al día, durante 30 días consecutivos, esto disminuye el riesgo de morir.
9.5.2.4 Precauciones especiales. El medicamento está contraindicado en pacientes con daño cerebral, estados convulsivos, psicosis, así como en mujeres en periodo de lactancia. No ministrarlo en mujeres embarazadas.
9.5.2.5 Valoración del tratamiento. La evaluación en casos agudos se debe centrar en estudios parasitológicos y serológicos. La enfermedad de Chagas es de evolución crónica también y requiere una vigilancia sostenida durante años, sobre todo en los casos no tratados, tratados tardíamente o en forma incompleta. La vigilancia comprende el control del paciente en tratamiento, exámenes clínicos periódicos, parasitoscopías de sangre para verificar la erradicación de los tripanosomas circulantes, serología para conocer los niveles de anticuerpos y vigilancia de funcionamiento del corazón. El enfermo agudo puede considerarse como curado si dos exámenes diagnósticos consecutivos con treinta días de intervalo, resultan negativos; con frecuencia, los cuadros agudos tratados a tiempo remiten pronto hacia la curación. Si no se logra la mejoría un mes después de administrado el medicamento, se realizarán los estudios clínicos y de laboratorio y, según los resultados, se procede como sigue:
9.5.2.6 Parámetros de evaluación del tratamiento y conducta a seguir.
9.5.2.7 Con parasitoscopía positiva. Se considera y se administra nuevamente el tratamiento médico por 30 días.
9.5.2.8 Con parasitoscopía y serología negativas. Si ha pasado un mes de concluido el último tratamiento, se considera como curado al paciente.
9.5.2.9 Con serologías positivas. El caso se catalogará como activo, no sujeto a terapia con fármacos específicos, pero que requiere vigilancia médica anual, que incluya un electrocardiograma y pruebas serológicas.
9.5.2.10 Casos tratados, no curados, en fase indeterminada. Si durante su seguimiento presenten manifestaciones clínicas de etapa crónica de la enfermedad, se canalizan a un centro hospitalario con servicios especializados para su estudio y manejo.
9.6 Tratamiento médico de las Rickettsiosis.
9.6.1 Indicaciones. El tratamiento deberá de iniciarse con base en consideraciones clínicas y epidemiológicas, sin esperar la confirmación diagnóstica de laboratorio y, en el caso de enfermos graves, por la alta letalidad que presentan estos padecimientos.
9.6.2 Esquema de tratamiento. Los antibióticos indicados son doxiciclina, tetraciclinas y cloranfenicol. Las tetraciclinas han sido consideradas el medicamento de primera elección para el tratamiento de rickettsiosis pero tienen limitaciones para su uso; por ello se empleará la doxiciclina a dosis única de 200 mg en cualquier grupo de edad como tratamiento del tifus epidémico. El mismo esquema se emplea con fines de profilaxis.
9.6.3 Precauciones especiales. Están contraindicadas las sulfas, ya que el desarrollo de las rickettsias aumenta en presencia de sulfonamidas, y la enfermedad se torna más grave. Las tetraciclinas se deben evitar durante el embarazo y en niños menores de 8 años, a los que se les podrá administrar cloranfenicol.
9.7 Control de Vectores
9.7.1 Se supervisará y evaluará en las localidades endémicas el aplanado de techos, pisos y paredes con cemento, al igual que el recubrimiento con hidróxido de calcio (cal viva) las paredes a fin de cubrir la superficie o rellenar las grietas en donde anidan algunos vectores, creando un ambiente hostil para éstos.
9.7.2 Se supervisará y evaluará en las localidades endémicas las protecciones para evitar el acceso de vectores a las viviendas, mediante la instalación de mallas de alambre o plástico en puertas y ventanas, así como el empleo para dormir de pabellones mosquiteros impregnados o no con insecticidas.
9.7.3 Se supervisará y evaluará en las localidades endémicas el saneamiento del peridomicilio; la no acumulación de recipientes, escombros, madera, tabiques, basura u otros objetos que proporcionan abrigo a vectores, además se deberá chapear la vegetación para evitar que esos vectores tengan refugios naturales y facilidad de acceso a las viviendas y a los animales domésticos.
9.7.4 Se supervisará y evaluará en las localidades
endémicas la eliminación de vegetación que favorece el desarrollo de larvas
An. Pseudopunctipennis; la eliminación de algas verdes y
verdeazules filamentosas
ayuda a reducir considerablemente la densidad de larvas y mosquitos adultos
cuando se realiza en ríos, arroyos o charcas durante la época de sequía; se
debe capacitar y organizar al personal de los programas de salud y a la
comunidad para que realicen estas acciones por lo menos una vez al mes durante
todo el año; adicionalmente, debe integrase la limpieza de basuras de los ríos
y arroyos, remover obstáculos que puedan crear remansos, encausar recodos o
lagunetas, eliminación de charcos artificiales y otro tipo de vegetaciones
dentro de las localidades, donde se reproduzca el anofelino, eliminando así
las condiciones donde proliferan las larvas de mosquitos.
9.7.5 Se supervisará y evaluará en las localidades endémicas la descacharrización. La eliminación de recipientes no útiles que retengan agua y que potencialmente constituyan criaderos del vector del dengue, es una medida complementaria para la que esta Norma establece, que debe ser una acción que parta de las autoridades municipales y de la comunidad, que tenga como objetivo disminuir la basura, incluidos los cacharros y que las autoridades locales de salud motivarán, apoyarán y evaluarán.
9.8 Empleo de insecticidas
9.8.1 Serán sometidos a evaluaciones periódicas respecto a susceptibilidad, impacto sobre los vectores y sobre la base de su rendimiento y deberán cumplir las siguientes condiciones:
9.8.1.1 Demostrar resultados de susceptibilidad normal con referencia para los vectores blanco.
9.8.1.2 No deben producir efectos negativos al ambiente ni a los humanos; los efectos menores no deben poner en riesgo el equilibrio del medio y la salud del hombre.
9.8.1.3 Deben estar registrados y normados ante la CICOPLAFEST. Además deben especificar su uso; las especificaciones de empleo deben estar incluidas en el catálogo oficial de plaguicidas vigente.
9.8.1.4 Cuando en un área se apliquen adulticidas y larvicidas simultáneamente, debe considerarse su grupo químico, éstos deben ser de grupos químicos con diferente modo de acción para evitar se acelere la aparición de resistencia y se reduzca el tiempo de vida útil de los productos empleados.
9.8.1.5 La aplicación de insecticidas se planeará en
años intercalados de productos que compartan mecanismos de acción; los
organofosforados y carbamatos no deben de aplicarse en años consecutivos.
En caso de planear la aplicación de tres grupos de insecticidas, siempre se
aplicará un piretroide entre aplicaciones de organofosforados o carbamatos. Si
se decide aplicar dos familias, éstas deberán ser un piretroide y un
organofosforado o un piretroide y un carbamato.
9.8.2 El empleo de insecticidas para el control de los vectores sujetos a esta Norma, o cualquier otro que sea propuesto, así como la metodología para su aplicación, deberá ser aprobado por el Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica (CNVE), a través de la Dirección del Programa de Enfermedades Transmitidas por Vector con base en los resultados de control de calidad obtenidos en el Laboratorio Nacional de Salud Pública, previo acuerdo con los grupos interinstitucional y de expertos; en caso necesario, los insecticidas en uso serán sustituidos con base en las recomendaciones de estos grupos.
9.8.3 El personal que aplique algún insecticida señalado en esta NOM deberá contar con el equipo de protección personal, que será proporcionado por las instituciones que participen en estas actividades.
9.9 Métodos para la aplicación de insecticidas.
9.9.1 Control de mosquitos adultos. La aplicación se hace con la técnica tradicional de aspersión o mediante la técnica de rociado rápido a bajo volumen, tratándose las superficies donde reposan los vectores, dentro y fuera de las viviendas y en el peridomicilio.
9.9.2 Control de formas larvarias. La aplicación de insecticida en los criaderos de vectores se hace con la técnica tradicional de aspersión o mediante el empleo de rociado a bajo volumen.
9.9.3 Aplicaciones de acción efímera. Se emplearán piretroides solubles en agua, aplicados en espacios abiertos y cerrados, en áreas rurales y urbanas, en los refugios naturales de los insectos, en interiores de casas habitación, edificios y locales. Son denominados rociados espaciales de aerosoles a Volumen Ultra Reducido y nebulización térmica y tienen como propósito eliminar mosquitos adultos en áreas extensas por un mínimo de dos semanas.
9.9.4 Rociados espaciales de aerosoles a Volumen Ultra
Reducido (VUR). El insecticida se asperja fraccionándose en gotas muy pequeñas
que deben tener un diámetro mediano de masa en el rango
de 15 a 25 micras. Son rociados con aerosoles en frío que se caracterizan por
tratar una hectárea con dosis menores a 500 mg de ingrediente activo. La
nebulización térmica tiene como propósito eliminar mosquitos adultos en áreas
extensas por un mínimo de dos semanas.
9.10 Equipos para la aplicación de insecticidas. El rociado domiciliario se aplica con el equipo de aspersión manual o con motomochilas a bajo volumen. La aplicación de nieblas frías y térmicas se hace con equipos portátiles de tipo motomochilas o generadores de niebla térmica, así como equipos pesados montados en vehículos terrestres y aéreos. En virtud que las Instituciones del Sector Salud cuentan con equipos diversos, se establece que para cuidar la calidad de las aplicaciones y lograr los objetivos de esta medida de control, los equipos para nieblas deben tener las siguientes características:
9.10.1 Equipos pesados. Potencia suficiente para que el insecticida penetre hasta 100 metros, logrando dispersar la concentración saturando el ambiente con un rendimiento operativo aproximado de 60 manzanas o su equivalente en el área rural, por día de trabajo. Estas especificaciones las cumplen satisfactoriamente equipos de 8 a 18 HP.
9.10.2 Equipos portátiles. Las motomochilas deben contar con los aditamentos o accesorios indispensables para aplicar Ultrabajo Volumen (VUR), Bajo Volumen o espolvoreo.
9.10.3 Introducción de nuevos equipos. Todo equipo que se introduzca para su uso en el programa, deberá ser evaluado considerando: flujo de descarga, tamaño de gotas que genere, capacidad para dispersar la niebla, alcance en áreas abiertas, penetración en casas habitación y anexos, rendimiento, funcionalidad y disponibilidad de refacciones. Las evaluaciones que realicen los servicios estatales de salud, deberán ser presentados para su consideración al Programa Nacional, antes de adquirir cualquier equipo diferente al disponible.
9.11 Aplicación de insecticidas para control del paludismo.
9.11.1 Insecticidas. Los piretroides son el grupo que sustituye al DDT aun cuando su efecto residual sea menor de seis meses. El producto de primera elección es la deltametrina en polvo humectable al 5%, a dosis de 15 mg/m2 para aplicaciones con motomochila y de 25 mg/m2 para rociado con equipo manual. Además de la lambdacihalotrina en polvo humectable al 10%, a dosis de 15 mg/m2 formulada en suspensión al 0.075%; o lambdacihalotrina CS a dosis de 15 mg/m2 formulado en solución microencapsulada al 2.5%, bifentrina en polvo humectable al 10% en dosis de 20 mg/m2; ciflutrina polvo humectable al 10% a dosis de 20mg/m2; o el carbamato bendiocarb, polvo humectable al 80% a dosis de 0.2 g/m2.
9.11.2 Formulaciones de campo. Las cargas de 10 litros de los siguientes productos para su aplicación con equipos de aspersión manual se preparan de la siguiente manera: 125 g de polvo humectable de deltametrina al 5%; o 37.5 g de lambdacihalotrina al 10%; o 50 g de bifentrina al 10%; o 50 g de ciflutrina al 10%; o 62.5 g de bendiocarb al 80%. Para la aplicación de insecticida con motomochila en rociado rápido también se usará la formulación polvo humectable, adicionando a cada carga de 10 litros de agua, 250 g de deltametrina al 5%, o 120 g de lambdacihalotrina al 10%; o 150 g de bifentrina al 10%; o 150 g de ciflutrina al 10%; o 100 g de bendiocarb al 80%. Esta última técnica de rociado reduce tiempo y costos de operación.
9.11.3 Periodicidad de las aplicaciones. La frecuencia de los ciclos de rociado deberán adaptarse a la biología del vector incriminado y la época del año en la que se logre mayor impacto; esto debe ser determinado por el análisis epidemiológico de la transmisión en el área, por lo que en ocasiones, sólo será necesario hacer una aplicación anual. Por lo anterior, el tiempo que dure la acción residual del producto no deberá regir la periodicidad de los rociados. En áreas donde An. albimanus es el vector predominante, los rociados deberán anteceder a la época de lluvias en virtud de que en esa época se incrementa la transmisión del paludismo; mientras que en las áreas del An. pseudopunctipennis, los rociados deben coincidir con el periodo de sequía, ya que el vector disminuye poco después de haber iniciado la época lluviosa.
9.11.4 Nebulización. En los sitios con persistencia de la transmisión, con brotes epidémicos, con exacerbación de la endemia palúdica, o en caso de desastre natural, simultáneamente al rociado domiciliario, se aplicará con la técnica de VUR.
9.11.5 Insecticidas. Se indica el uso de permetrina,
esbiol y butóxido de piperonilo a dosis de 10.9, 0.15
y 11.1 gramos de ingrediente activo por hectárea respectivamente; o como
alternativa cyflutrin a dosis de
1 a 2 g/ha. El insecticida malatión en aplicación espacial queda temporalmente
fuera de uso para el control
de vectores, hasta contar con una larvicida que no pertenezca al mismo grupo
de los organofosforados.
9.11.6 Ciclos de aplicación. Las aplicaciones se realizarán en ciclos de tres a cinco días consecutivos, de acuerdo con los horarios de actividad y reposo de los mosquitos transmisores. La frecuencia de los ciclos depende de la evolución epidemiológica del padecimiento y del efecto sinérgico de otras medidas dirigidas a las etapas larvarias de los mosquitos y a los parásitos del paludismo.
9.11.7 Larvicidas. Esta medida es de gran utilidad para reducir la densidad de infestación de los vectores apoyada por el saneamiento y las nebulizaciones.
9.11.8 Insecticidas químicos. Se emplea temefós líquido al 50% aplicado con bomba de aspersión manual, a dosis media de 110 ml de ingrediente activo por hectárea de criadero, dosificación que se obtiene con 5 ml del producto en 10 litros de agua, con esta carga se trata en promedio, 230m2. Para su aplicación con motomochilas, se mezclan 300 ml del producto por cada 10 litros de agua con lo que se cubren 7,500 m2.
9.11.9 Insecticidas biológicos. Para tratar cuerpos de agua en donde el vector sea Anopheles pseudopunctipennis se empleará Bacillus thuringiensis var. israeliensis cepa H-14 en formulación líquida usando una motomochila con dosis equivalente a una potencia de 600 unidades internacionales de potencia/mg, aplicada a una dosis de 4 L/Ha. En sitios donde el vector sea An. albimanus se aplicará una formulación granular de B. sphaericus cepa 2362 con una potencia de 0.660 miles de millones de unidades internacionales de potencia Bs/Kg mediante de una motomochila aspersora con una tasa de aplicación de 11.2 Kg/Ha. En ambos casos se aplicará larvicida biológico a todos los cuerpos de agua localizados en el radio de 1 Km alrededor de las localidades. Otro producto es triflumuron, que es un inhibidor del crecimiento, se prepara a razón de 5 ml del producto en 5 litros de agua, aplicando 500 ml/ha para una dosis de 197 ml de ingrediente activo por hectárea. Otro inhibidor del crecimiento que se emplea es el metopreno a dosis de 14 g de ingrediente activo por hectárea; aplicados ambos con equipo de aspersión manual. Existe además, un larvicida y pupicida biológico líquido a base de alcohol etoxilado con densidad de 0.91 a 25°C biodegradable no fotodegradable que reduce la tensión superficial del agua en 28.2 dinas/cm a dosis de 2.8 litros por hectárea, con ciclos de aplicación de 7 a 14 días. También se deben proteger y sembrar peces larvífagos del género Poecillia, los cuales se encuentran libres en los cuerpos de agua naturales, en virtud de su impacto variable sobre las larvas y la aceptación de la población a las siembras, son de utilidad en acciones permanentes.
9.11.10 Ciclos de aplicación. Los larvicidas deben considerarse como un recurso que aplicado de manera preventiva y basándose en estudios entomológicos del área a tratar, permiten reducir el uso y la cantidad de productos adulticidas; y simultáneamente con éstos, controlan rápidamente infestaciones de riesgo. Al igual que los otros insecticidas para control de vectores, la periodicidad se determinará de acuerdo a la epidemiología de la transmisión en cada una de las áreas.
9.12 Aplicación de insecticidas para control del dengue
9.12.1 Los criaderos se deben tratar con temephos,
larvicida degradable de los más inocuos, aplicado en agua a la dosis de una
parte por millón. Se cuenta con tres presentaciones: líquido al 50%, cápsulas
al 5% y granos de arena al 1%. En el caso de las cápsulas al 5% se debe
utilizar un gramo del producto por cada
50 litros; para temephos en granos de arena al 1% se aplica un gramo por cada
10 litros de agua.
La presentación de temephos al 50% se destina para tratar carros-cisterna que
suministran agua para uso doméstico durante las emergencias
sanitarias-epidemiológicas, o en la dotación cotidiana de agua a los
asentamientos humanos de riesgo con suministro irregular. La dosis es de 1 a 2
ml
9.12.2 La siembra de peces en piletas, toneles y otros
recipientes para almacenar agua es una medida aceptada por la comunidad que
logra el control de larvas de mosquitos. Otra medida es el empleo de tabletas
de Bti 2300 UTI/mg a razón de 1 tableta por cada 50 litros de agua, con
residualidad de 45 días,
otra alternativa del mismo ingrediente activo, es la presentación WDG
(gránulos dispersables en agua)
con 3000 UTI/mg a razón de 1.2 g por cada 200 litros de agua lo que permitirá
disminuir costos de tratamiento.
9.12.3 Ciclos de aplicación. La aplicación de temephos se hace a recipientes positivos a larvas, evitando su aplicación de rutina en recipientes frecuentemente negativos. Se emplea como medida preventiva básica y se regirá por la periodicidad que indiquen los estudios entomológicos. Ante la presencia de situaciones emergentes como los desastres naturales y brotes, debe aplicarse simultáneamente con rociado espacial a VUR cumpliendo con: coberturas integrales, en periodos de ejecución cortos (menores a tres semanas) y con reducción de los índices de infestación a niveles óptimos, según la "Tabla 4" "Criterios operativos de control".
9.12.4 Nebulización. Los mosquitos aedinos también se combaten mediante la aplicación de VUR.9.12.5 Insecticidas. Se indica el uso de piretroides sintéticos como la permetrina, esbiol y butóxido de piperonilo a dosis de 10.9, 0.15 y 11.1 gramos de ingrediente activo por hectárea respectivamente, o como alternativa cyflutrin a dosis de 1 a 2 g/ha, así también bifentrina al 1.5% para aplicaciones U.L.V. en el control del paludismo para usar en exteriores a dosis de 150 ml de producto por hectárea, diluido en agua; y otros que por su elección demuestren resultados satisfactorios. El insecticida malatión en aplicación espacial queda temporalmente fuera de uso para el control de vectores, hasta contar con un larvicida que no pertenezca al grupo de los organofosforados.
9.12.6 Ciclos de aplicación. Dado que el mosquito A. aegypti se caracteriza por ser eminentemente doméstico, se ha observado con un solo ciclo de nebulización de un día, con una aplicación temprana en la mañana y otra por la noche, es suficiente para eliminar a la mayoría de los mosquitos del área tratada. Este esquema reduce la infestación hasta por cuatro semanas cuando se garantiza la reducción simultánea de criaderos activos. Cuando la nebulización se usa como única medida, se aplica en ciclos de varios días consecutivos (el número de días lo determinará la productividad de los criaderos), con dos aplicaciones por día, una en la mañana y otra por la noche. En este caso se tendrá en cuenta que la reducción de densidades no se mantendrá por más de dos semanas.
9.13 Control de otros vectores
9.13.1 Control de Triatóminos. Se realiza con rociado domiciliario completo en pared y techo, enfatizando en la base de paredes, aleros, grietas y otros sitios donde se puedan refugiar las chinches.
9.13.2 Para los triatóminos, el rociado es con deltametrina a 25mg/m2, lambdacihalotrina a 30mg/m2, ciflutrina a 40 mg/m2 o bifentrina a 50mg/m2; bendiocarb polvo humectable al 76% es útil de 300-400 mg/m2 de ingrediente activo, se añade 125 g por 10 litros para rociar 250 m2.
9.13.3 Control de piojos. Se aplican insecticidas en cabeza, cuerpo y ropas de vestir o de cama en forma de polvos, talco y jabones.
9.13.4 Los insecticidas para combatir la pediculosis son malatión en polvo seco al 1%, temephos en polvo al 1% o Permetrina, esta última en tratamiento único tiene alto grado de efectividad hasta por dos semanas, debido a la actividad residual del ingrediente activo, es conveniente aplicar un segundo tratamiento una o dos semanas después. Se debe cuidar de no aplicar estos insecticidas en la cara, proteger ojos y membranas mucosas. En localidades donde la infestación por piojos es menor del 5%, se distribuirán jabones con insecticida durante todo el año, como mínimo dos jabones por familia por mes para el lavado de cabeza, cuerpo, ropa y prendas de cama. En localidades donde el índice de parasitación sea mayor del 5%, además de los jabones se empleará algún insecticida en talco o polvo, aplicado en cabeza, cuerpo y ropas de las personas parasitadas. Esta desparasitación se realizará dos veces por año.
9.13.5 Control de pulgas. Se aplica directamente a animales domésticos e indirectamente a ratas. Se rocían también pisos y paredes hasta 30 cm de altura, evitando la inhalación y contaminación de alimentos.
9.13.6 Se usan adulticidas y larvicidas, piretroides, organofosforados o carbamatos residuales en edificios y casas habitación. Contra las pulgas de rata en las habitaciones se aplica ciflutrina al 10% en polvo humectable a dosis de 20 mg i.a./m2, se asperja en 40g en 10 litros de agua, malatión en aceite combustible al 4 o 5%. A los animales domésticos se les aplicarán con espolvoreadores pequeños; bendiocarb polvo humectable al 76% es útil de 300-400 mg/m2 de ingrediente activo.
9.13.7 El uso de insecticidas contra garrapatas (ixodicidas), sigue siendo útil (baño garrapaticidas por inmersión o aspersión para el ganado), debe coordinarse con la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el tipo de ixodicida aplicado en las zonas o regiones específicas del país. En perros se emplearán también baños para el control de garrapatas. En las viviendas y edificios se aplicarán los insecticidas de acción residual, deltametrina, propoxur, y diazinón. Las personas usarán como repelentes la dietiltoluamida (DEET) y oftalato de metilo.
9.14 Otras medidas de control.
9.14.1 Pabellones impregnados con insecticida se utilizarán como barrera física para reducir el riesgo de transmisión del paludismo; no obstante, impregnados con insecticidas piretroides, se indican contra la picadura de otros mosquitos, moscas, alacranes, pulgas, chinches de cama, piojos y garrapatas. La protección se limita al tiempo que permanecen las personas dentro de éste y al comportamiento horario de los vectores.
9.14.2 Deben ser de tamaño adecuado a las necesidades de cobertura poblacional: dimensiones extrafamiliares; de 190 X 180 X 150 (14.52 m2); y familiares de 130 X 180 X 150 (11.64 m2); su material de fibra sintética, 100% poliéster trenzado y su malla 156 (12 x 13/número de orificios/pulgada cuadrada), aseguran la residualidad del insecticida impregnado. Su resistencia depende del número de fibras por hebra de hilo (100, de cuatro a 5 años, 75 hasta 3 años, y 40, de uno a dos años).
9.14.3 Mantenimiento y reimpregnación. Los pabellones deben reimpregnarse cada año, aprovechando para hacer un lavado previo de los mismos. La técnica para reimpregnación, depende de la dosis requerida de insecticida por metro cuadrado, de la capacidad de absorción del material con el que está hecho el pabellón y del tamaño del mismo en metros cuadrados, y se describe en los instructivos específicos de cada pabellón.
9.14.4 Insecticidas para impregnación. El insecticida de elección es la deltametrina y se requiere una dosis de 15 a 25 mg por m2, con una periodicidad de reimpregnación de 4 a 12 meses. También se autoriza el uso de alfacypermetrina en suspensión a 40 mg/m2; ciflutrina macroemulsión acuosa a 50 mg/m2; lambdaciolatrina suspensión en cápsulas a 20 mg/m2; y permetrina emulsión concentrada a 500 mg/m2.
10. Capacitación
10.1 El personal de los servicios del Sistema Nacional de Salud deberá recibir capacitación inicial y adiestramiento, de acuerdo con los manuales de organización y procedimientos vigentes para el fomento de la salud, la promoción y fomento sanitario de las comunidades, la búsqueda de los enfermos mediante la notificación y la pesquisa domiciliaria, los diagnósticos clínicos, virológicos, parasitoscópico y serológico, los estudios entomológicos, el suministro de los medicamentos, la investigación de los casos, y la aplicación de medidas contra los vectores. Esta capacitación deberá realizarse con periodicidad anual; el personal capacitado deberá ser evaluado. La responsabilidad de estas acciones recae en los responsables estatales y jurisdiccionales o sus equivalentes institucionales apoyados por el Programa Nacional de Vigilancia, Prevención y Control de Enfermedades Transmitidas por Vector, incluyendo los aspectos de vigilancia epidemiológica (DGE) y laboratorio (InDRE).
10.2 La capacitación de la población para el fomento de la salud, se orienta hacia el autocuidado individual y familiar y la organización de la comunidad, con atención especial al riesgo de infectarse, enfermarse y morir de estas enfermedades. Se lleva a cabo mediante mensajes verbales y escritos, que se entregan en los domicilios, carteles fijos o mural, pláticas a grupos, y a través de los medios masivos de comunicación, con el propósito de motivar, informar, orientar y lograr la participación activa de los individuos y los grupos organizados, para facilitar y apoyar las actividades de vigilancia, prevención y control. La responsabilidad de esta capacitación recae en los responsables estatales y jurisdiccionales o sus equivalentes institucionales.
11. Investigación
11.1 Fomento. Se promoverá el interés de los programas con las instituciones en aspectos de investigación, para el desarrollo de las actividades de prevención y control de las enfermedades transmitidas por vectores, que establece esta Norma Oficial Mexicana, los organismos del Sector Salud podrán efectuar investigaciones básicas y operativas en aspectos epidemiológicos, entomológicos y mastozoológicos, así como en aspectos operativos, administrativos y socioeconómicos, con particular énfasis en los factores de riesgo y la evaluación.
12. Información
Los datos de las actividades de prevención y control de las enfermedades transmitidas por vectores, se registran simultáneamente a su ejecución, localmente, en los formularios vigentes y, su concentración y presentación, se realiza en los niveles jurisdiccional, estatal y el nacional, a través del SISPA. Los datos relativos a la notificación de casos y las defunciones, se anotan según lo establece la NOM-017-SSA2-1994 para la Vigilancia Epidemiológica.
13. Concordancia con normas internacionales y mexicanas
Esta Norma Oficial Mexicana es equivalente con los lineamientos y recomendaciones que han emitido y difundido la Organización Mundial de la Salud, y la Organización Panamericana de la Salud y es equivalente con ninguna norma mexicana.
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15. Observancia de la Norma
La vigilancia de la aplicación de esta Norma corresponde a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencia.
16. Vigencia
Esta Norma Oficial Mexicana entrará en vigor al día
siguiente al de su publicación en el Diario Oficial
de la Federación.
México, D.F., a 24 de enero de 2003.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, Roberto Tapia Conyer.- Rúbrica.
Fecha de publicación: 21 de julio de 2003